Instrumento
- Fecha
- 20 de febrero de 2026
- Repertorio
- 4206
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 20 de febrero de 2026, Repertorio N° 4206–2026, ante mí, Notario Titular don Luis Ignacio Manquehual Mery, Inversiones JPS SpA, viene en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. NOMBRE: Inversiones JPS RE SpA (en adelante, la “Sociedad”). 2. OBJETO: La Sociedad tiene por objeto: (a) Planificar estratégicamente proyectos inmobiliarios sustentables para la conservación de la naturaleza. (b) Negociar, gestionar y realizar actividades relacionadas con la compra, venta, comercialización o arriendo de inmuebles, propios o ajenos, para proyectos de desarrollo inmobiliario. (c) Realizar inversiones en sociedades y bienes muebles o inmuebles, por cuenta propia o de terceros, incluyendo la adquisición de acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, letras hipotecarias, cuotas de fondos de inversión, y otros valores mobiliarios en Chile y en el extranjero. La Sociedad podrá constituir, ingresar y participar en todo tipo de sociedades y asociaciones, administrar y explotar estas inversiones, y percibir sus frutos. Además, podrá celebrar todos los actos y contratos necesarios para cumplir con su objeto social. (d) Ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los accionistas y que estén relacionadas con el objeto social. 3. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga de la siguiente forma: i) Inversiones JPS SpA, debidamente representado, suscribe y paga íntegramente, en la fecha de la escritura extractada, al contado y en dinero en efectivo, la cantidad de 1.000 acciones de la Sociedad, por un monto total de un millón de pesos. En consecuencia, el capital de la Sociedad se encuentra integrante suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de febrero de 2026.