IMPORT Y EXPORT WALI TRADING LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2021
- Notario
- ANGIELLO PAOLO CORDANO CARRIZO
- Domicilio
- designado para la agrupación de comunas de Camiña
Sociedad
- Capital
- $18.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANGIELLO PAOLO CORDANO CARRIZO, Abogado, Notario Público Titulardesignado para la agrupación de comunas de Camiña, Colchane, Huara, Pica y Pozo Almonte,con Oficio en calle Buen Retiro número trescientos setenta y ocho de la comuna de PozoAlmonte, Certifico: Por escritura pública hoy ante mi, Don KHALID MUHAMMAD, DoñaSARWAT KHALID, y Don SHOAIB AHSAN, todos domiciliados en Avenida Arturo Pratnúmero mil seiscientos setenta, departamento ciento treinta y cuatro, Iquique; modificansociedad “IMPORT Y EXPORT WALI TRADING LIMITADA o WALI TRADINGLTDA.” constituida por escritura pública de fecha 15 de Octubre 2021, otorgada anteNotario Público de Iquique Doña MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA,cuyo extracto fue inscrito a fojas 937 número 614, en el Registro de Comercio delConservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2021, y debidamentepublicada en el Diario Oficial de la República de Chile. Capital social $18.000.000 depesos. Sentido que, el socio Don KHALID MUHAMMAD, vende, cede y transfiere el49,49% de sus derechos y acciones en la sociedad que equivalen al 49% del haber totalsocial a Don SHOAIB AHSAN, quien, compra, acepta y adquiere para sí, dichos derechosy acciones en la sociedad. Modificación social expresada, sociedad “IMPORT Y EXPORTWALI TRADING LIMITADA o WALI TRADING LTDA.” queda constituida por sus 3únicos socios: Don KHALID MUHAMMAD, dueño del 50% derechos y acciones en lasociedad, Don SHOAIB AHSAN, dueño del 49% derechos y acciones en la sociedad, yDoña SARWAT KHALID, dueña del 1% derechos y acciones en la sociedad. Actualessocios modifican la cláusula cuarta del pacto social, sentido que administración sociedad yuso razón social corresponderá a los socios, Don KHALID MUHAMMAD, Don SHOAIBAHSAN, y Doña SARWAT KHALID, quienes actuando en forma conjunta, separada eindistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarány obligarán, con amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentesestipulaciones pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones enescritura extractada. Iquique, 17 Febrero 2026.-