Flota de Vehículos Motorizados Hualpén Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2026
- Notario
- MARÍA CRISTINA PALOU MÁRQUEZ
- Oficio
- titular de la 11ª Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $19.876.205.921 CLP
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a Inversiones Hualpén SpA (el “Administrador”), actuando a través de sus apoderados designados por escritura pública o bien instrumento otorgado en el extranjero debidamente apostillado. El Administrador y sus apoderados tendrán las más amplias facultades de representación, sea judicial y extrajudicial, y las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo efectuar cualquier acto u operación.” Las facultades de administración y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA CRISTINA PALOU MÁRQUEZ, abogado y notario público suplente titular de la 11ª Notaría de Concepción, con oficio en calle Cochrane N° 829, certifico que, ante notario público titular de la 11ª Notaría de Concepción don René Marcelo Arriagada Basaur, por escritura pública de 19 de enero de 2026, repertorio N.° 116- 2026, Empresa de Servicios Hualpén Limitada y Empresas de Servicios Full-Service SpA, ambas debidamente representadas, domiciliadas en comuna de Hualpén, calle Arteaga Alemparte Nº 8.983 modificaron la sociedad denominada Flota de Vehículos Motorizados Hualpén Limitada, r.u.t. 76.750.520-5, capital social $19.876.205.921.- inscrita a fjs.42 N° 36 Registro de Comercio de Talcahuano año 2007 y reinscrito a fjs. 14 n°10 Registro de Comercio de Hualpén año 2024. Se acordó reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales, relativa a la administración de la sociedad y el uso de la razón social, de la siguiente manera: “QUINTO: Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a Inversiones Hualpén SpA (el “Administrador”), actuando a través de sus apoderados designados por escritura pública o bien instrumento otorgado en el extranjero debidamente apostillado. El Administrador y sus apoderados tendrán las más amplias facultades de representación, sea judicial y extrajudicial, y las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo efectuar cualquier acto u operación.” Las facultades de administración y demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy fe. Concepción 25 de febrero de 2026.