MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

COMPAS MARINE TRABAJOS MARÍTIMOS S.A.

RUT 76110277-K CVE 2777508
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2025
Repertorio
8102-2025

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
COMPAS MARINE TRABAJOS MARÍTIMOS S.A socio 76110277-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Titular 26° Notaría, Santiago, Av. Apoquindo número 3.196, Las Condes, certifico: que don Ignacio Avendaño García-Huidobro, cédula de identidad número 19.889.266-1, debidamente facultado por COMPAS MARINE TRABAJOS MARÍTIMOS S.A., Rol Único Tributario N°76.110.277-k, inscrita a fojas 700, número 613, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2010 (la “Sociedad”)¸ rectifica extracto de escritura pública de fusión de la Sociedad otorgada en esta misma Notaría, ante mí, con fecha 1 de diciembre de 2025, Repertorio N°8102-2025, inscrito a fojas 95 vuelta número 56 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2026, publicado en el Diario Oficial con fecha 27 de enero del mismo año (el “Extracto”), en el sentido de incorporar en él el acuerdo adoptado en la referida junta y consignado en el acta respectiva, referido a la modificación del objeto de la Sociedad y, por consiguiente, del artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, incorporando como numeral (v) del Extracto el texto que se señala a continuación: “(v) Modificar el artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al objeto social, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: i) la prestación de servicios de salvamento, rescate, buceo, exploración, investigación, instrucción, reflotación y, en general, la asistencia a naufragios o exploraciones de embarcaciones o restos náufragos; ii) el diseño, estudios de ingeniería, construcción, reparación, refacción, reacondicionamiento y modernización de toda clase de estructuras y vehículos de mar, lagos y ríos y, en general, todo lo relativo, de cualquiera manera, en la actualidad o en el futuro, a la prestación de servicios de obras civiles y salvatajes marítimos; iii) la ejecución, por cuenta propia o por cuenta de terceros, de las labores de extracción, proceso, crianza, cultivo, manipulación, explotación, congelación, conservación, matanza, elaboración, transformación, almacenaje, distribución, comercialización, transporte, importación y exportación de productos, seres, organismos y recursos acuáticos e hidrobiológicos que tengan en el agua o fondo marino su medio natural de vida; iv) la evaluación, planificación, asesoría y prestación de servicios en la experimentación y desarrollo de recursos pesqueros y acuícolas; v) la adquisición, construcción, instalación y explotación, a cualquier título, de faenas, plantas, industrias y maquinarias para la industrialización, procesamiento, elaboración y preparación de productos hidrobiológicos, subproductos y derivados en estado fresco, refrigerados, congelados o deshidratados; vi) la obtención de concesiones marítimas, acuícolas, fluviales y lacustres, fiscales y municipales; vii) la compra, venta, enajenación, importación, exportación y arrendamiento, por tiempo o faena, de naves, artefactos navales y embarcaciones de toda especie y calado, de implementos, motores, repuestos, instalaciones, equipos, accesorios, artefactos y otros; viii) la prestación y ejecución de todo tipo de servicios, asesorías, estudios y consultorías de ingeniería, administración, recursos humanos, contables, legales, financieros y tributarios; ix) la prestación de servicios de construcción, desarrollo y asesoría en construcción y desarrollo de toda clase de obras civiles, de ingeniería y de arquitectura; x) el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas; y xi) la realización de todas las actividades y negocios destinados a la consecución de los objetivos sociales.” En todo lo no modificado, mantiene plena validez el extracto rectificado Santiago, 20 de Febrero de 2026, Humberto Quezada Moreno, Notario Público.