WAITARA SpA
Instrumento
- Notario
- VERÓNICA CECILIA SALAZAR HERNÁNDEZ abogada
- Domicilio
- Conservador y Archivero Judicial de esta ciudad
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 38058 del 11 de enero de 2008
- do publicacion DO N° 42098 del 6 de marzo de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA CECILIA SALAZAR HERNÁNDEZ abogada, Notario Público, Conservador y Archivero Judicial de esta ciudad, Suplente de la Titular doña Isabel Margarita Chadwick Vergara, según Decreto Económico del Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pichilemu, que se encuentra Protocolizado Bajo el número sesenta y nueve en el Registro de Instrumentos Públicos de esta Notaría correspondiente al año dos mil veintiséis, con oficio en Avenida Daniel Ortúzar Cuevas número seiscientos veintiuno de la ciudad de Pichilemu, CERTIFICA: Que, con fecha veinte de Febrero del año dos mil veintiséis, ante doña Isabel Margarita Chadwick Vergara, Abogada, Notario Público, Conservadora y Archivera Judicial Titular de esta ciudad doña ELIZABET XIMENA DÍAZ HERRERA, chilena, divorciada, empresaria, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos doce mil seiscientos cuarenta y seis guion tres en representación según se acreditará de la empresa WAITARA SPA rol único tributario número setenta y seis millones siete mil doscientos noventa y tres guion uno, ambos domiciliados en Avenida Costanera mil treinta y nueve, comuna de Pichilemu, Región del Libertador Bernardo O’Higgins modifico los estatutos y amplio el giro de Waitara SpA en los siguientes términos: PRIMERO: Antecedentes: Por escritura pública de fecha tres de enero del año dos mil ocho, otorgada ante el Notario Público de Pichilemu, don Juan Pablo Urzúa Ortiz De Rozas, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada, “ELIZABET XIMENA DIAZ HERRERA, SERVICIOS E INMOBILIARIA WAITARA, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”. Un extracto de dicha escritura se inscribió a Fojas dos; Número dos correspondiente al año dos mil ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pichilemu previa publicación en el Diario Oficial número treinta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho de fecha once de enero de dos mil ocho. Posteriormente por escritura pública de fecha cuatro de marzo de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público de Pichilemu don José Javier Güell Peña y Lillo, Abogado Notario Público, Conservador y Archivero Judicial Interino, domiciliado en Avenida Daniel Ortuzar Cuevas número seiscientos veintiuno, Pichilemu, doña ELIZABET XIMENA DÍAZ HERRERA, en su calidad de única y actual socia, transformó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada cuyo nombre es “ELIZABET XIMENA DÍAZ HERRERA, SERVICIOS E INMOBILIARIA WAITARA E.I.R.L” en una sociedad por acciones, pasando a denominarse “WAITARA SPA” quedando como única accionista de la sociedad. Un extracto de dicha escritura se inscribió a Fojas catorce; Número diez correspondiente al año dos mil veintiuno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pichilemu previa publicación en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil ochocientos noventa y ocho de fecha seis de marzo de dos mil veintiuno.- SEGUNDO: Doña ELIZABET XIMENA DIAZ HERRERA como única y exclusiva accionista en la Sociedad “WAITARA SpA”, viene en efectuar la siguiente modificación al Pacto Social en relación al Objeto de la Sociedad; se complementa quedando finalmente de la siguiente forma: la sociedad tiene por objeto la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La prestación de servicios, en forma amplia, en las áreas hotelera, gastronómica y de turismo; b) La producción de todo tipo de eventos, comerciales, deportivos, artísticos, culturales y turísticos, así como la prestación a terceros de servicios de gastronomía y banquetería; c) La prestación de servicios de turismo aventura y el desarrollo de servicios de agencia de viajes; d) El arriendo, compra y venta de todo tipo de vehículos motorizados, efectuar transporte de personas, mercaderías y fletes en general, ya sea en vehículos propios o ajenos; e) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de bienes muebles e inmuebles o raíces, en especial los dedicados a la hotelería, el turismo y también dedicados a escuelas de capacitación; f) El desarrollo de agencias de empleo, como también la prestación de servicios de personal a terceros; g) Y en general, la inversión mobiliaria e inmobiliaria, comprar, vender, permutar, arrendar, subarrendar, subdividir, lotear, adquirir, enajenar a cualquier título, toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, bienes raíces, acciones, bonos, pagarés, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, valores mobiliarios, títulos de renta e inversión y cualquier otro título representativo de dinero; y cualquier otro negocio o actividad que la constituyente determine, relacionada directa o indirectamente con el objeto de la empresa. h) Prestación de servicios, en forma amplia, en las áreas hotelera, gastronómica y de turismo, incluyendo la explotación de cafetería, comida al paso, jugos naturales, granizados, churros, pastelería, panadería, minimarket, carnicería, rotisería, botillería y baños públicos. i) Producción y organización de eventos comerciales, deportivos, artísticos, culturales y turísticos, así como la prestación de servicios de gastronomía y banquetería a terceros. j) Prestación de servicios de turismo aventura, incluyendo el desarrollo y explotación de escuelas de surf y box para la práctica deportiva, así como el desarrollo de servicios de agencia de viajes. k) Arriendo, compra y venta de todo tipo de vehículos motorizados, así como el transporte de personas, mercaderías y fletes en general, ya sea en vehículos propios o ajenos. l) Adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de bienes muebles e inmuebles, especialmente aquellos destinados a hotelería, turismo, locales comerciales, baños públicos, escuelas de capacitación, recintos deportivos, estacionamientos y actividades afines. m) Desarrollo de agencias de empleo y prestación de servicios de personal a terceros. n) Inversión mobiliaria e inmobiliaria, incluyendo comprar, vender, permutar, arrendar, subarrendar, subdividir, lotear, adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes corporales.- En todo lo no modificado continúa plenamente vigente el Estatuto Social. Demás estipulaciones, en escritura que extracto. Pichilemu, 24 de Febrero del 2026.- Doy Fe.