SERVICIOS Y ASESORÍAS PROFESIONALES VLC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 10834/2025
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, ubicada en calle Huérfanos N°578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2025, repertorio N° 10.834/2025, otorgada ante mí, comparecen: Don JULIO ANTONIO VALENZUELA CID, con domicilio en calle Camino del Altar N°4.698, Casa N°4, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; don ROBERTO FERNANDO LEÓN VILLARROEL, con domicilio en calle Isabel La Católica N°6.270, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don ESTEBAN RODRIGO CAMPILLAY ESPINOZA, con domicilio en Pasaje Piedra Roja N°1.438-A, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don TOMÁS ANDRÉS CASTRO GALLEGUILLOS, domiciliado para estos efectos en calle Camino El Parque N°200, departamento N°201, edificio 6, del Edificio San Damián de Vitacura II, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acuerdan modificar la sociedad SERVICIOS Y ASESORÍAS PROFESIONALES VLC LIMITADA en el siguiente sentido: Uno. Don ROBERTO FERNANDO LEÓN VILLARROEL, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 10,2% del capital social a don TOMÁS ANDRÉS CASTRO GALLEGUILLOS, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma de $20.000.000.- que serán pagados dentro del plazo de un mes contado desde el 31 de diciembre de 2025. Dos. En consecuencia, se modifica el artículo quinto de los estatutos sociales en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO. El capital social es la suma única y total de dos millones de pesos, que los socios aportaron y pagaron de la siguiente forma: uno) don JULIO ANTONIO VALENZUELA CID, la cantidad de ochocientos noventa y ocho mil pesos, equivalente al cuarenta y cuatro coma nueve por ciento de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada a la caja social; dos) don ESTEBAN RODRIGO CAMPILLAY ESPINOZA, la cantidad de ochocientos noventa y ocho mil pesos, equivalente al cuarenta y cuatro coma nueve por ciento de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada a la caja social; y, tres) don TOMÁS ANDRÉS CASTRO GALLEGUILLOS, la cantidad de doscientos cuatro mil pesos, equivalente al diez coma dos por ciento de los derechos sociales, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada a la caja social.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 24 de febrero de 2026.