MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GRUPO ROSE SpA

RUT 77371778-8 CVE 2776817
Capital
$2.500 CLP
Fecha instrumento
6 de febrero de 2026
Notaría
Curicó

Instrumento

Fecha
6 de febrero de 2026
Repertorio
114/2026
Comuna
Curicó

Sociedad

Capital
$2.500 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Curicó
Ley aplicable
Ley 18.046

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) Comisionista, corretajes, comercialización, exportación e importación de los productos agrícola, agroindustrial, y agropecuarios, en predios propios o que posea a cualquiera título; b) la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas, agroindustriales y acuícolas; c) El servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios y acuícolas; d) realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; e) Mantener, administrar y comercializar en toda forma plantas procesadoras, embaladoras, frigoríficos, bodegas de almacenamiento y deshidratación, tanto propias o que detente a cualquier título, tanto de frutas, verduras, carnes, lácteos, pescados, mariscos, alimentos en general y sus derivados; f) El transporte nacional e internacional, carga y fletes en vehículos propios o de terceros; g) La comercialización en cualquiera de sus formas de toda clase de productos y mercaderías en general; y h) La prestación de servicios en cualquiera de sus formas; y, en general, cualquiera otra actividad, relacionada o no con los objetos mencionados, que en el futuro determine el

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderán a don OLIVER JAMES CARSON quien la representará con las facultades de administración que se señalan a continuación, pudiendo obligar a la sociedad en toda clase de actos y contratos inherentes a su giro y sin que la enumeración se expresa sea limitativa o taxativa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO PABLO VIDAL URZUA, Notario Suplente de doña Mónica Quiroz Trujillo Notario Público Titular Quinta Notaría Curicó, Av Comalle 263, Teno, provincia Curicó, certifica: Por escritura pública de fecha 06 de febrero de 2026, repertorio 114/2026, otorgada ante don Patricio Yáñez Álvarez, abogado suplente de doña Mónica Quiroz Trujillo Notario Titular de la Quinta Notaria de Curicó con asiento en la comuna de Teno, comparecieron OLIVER JAMES CARSNON, canadiense, soltero, gerente de ventas, cédula de identidad para extranjeros número 23.858.272-5, domiciliado en Avenida Rauquén número 2.589, Torre dos, departamento 302, Curicó y don RAÚL ANDRÉS ORELLANA FREDES, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número 15.642.363-7, en representación, de AGROCROP SpA, Rol Único Tributario número 77.031.298-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Piero Della Francesca número 181, Parque Zapallar B, Curicó; Antecedentes: sociedad “GRUPO ROSE SPA”, Rut Nº 77.371.778-8, constituida con fecha 19 de marzo de 2021, mediante escritura pública otorgada ante el Notario de Curicó don Hernan Fuentes Acevedo inscrita a fojas 308, número 159 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2021, y publicada en el Diario Oficial de fecha 29 de marzo de 2021.- TRANSFORMACION: En cumplimiento de lo acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con esta misma fecha, los comparecientes vienen en transformar la sociedad "GRUPO ROSE SPA" en una sociedad de responsabilidad limitada, la que se regirá por las disposiciones de la Ley número 3.918, por las normas del Código de Comercio y por los estatutos que se estipulan a continuación. Se deja expresa constancia que, de acuerdo al principio de continuidad consagrado en el artículo 96 de la Ley 18.046 y la jurisprudencia de la Excelentísima Corte Suprema, la sociedad transformada conserva su identidad, personalidad jurídica, RUT y patrimonio, siendo la continuadora legal de la sociedad por acciones, para todos los efectos legales y contractuales. Estatutos: La sociedad de responsabilidad limitada se regirá por los siguientes artículos: Nombre. La razón social será "GRUPO ROSE LIMITADA", pudiendo actuar para fines comerciales, bancarios y de publicidad con el nombre de fantasía "ROSE LTDA.". Objeto. El objeto de la sociedad será a) Comisionista, corretajes, comercialización, exportación e importación de los productos agrícola, agroindustrial, y agropecuarios, en predios propios o que posea a cualquiera título; b) la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas, agroindustriales y acuícolas; c) El servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios y acuícolas; d) realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; e) Mantener, administrar y comercializar en toda forma plantas procesadoras, embaladoras, frigoríficos, bodegas de almacenamiento y deshidratación, tanto propias o que detente a cualquier título, tanto de frutas, verduras, carnes, lácteos, pescados, mariscos, alimentos en general y sus derivados; f) El transporte nacional e internacional, carga y fletes en vehículos propios o de terceros; g) La comercialización en cualquiera de sus formas de toda clase de productos y mercaderías en general; y h) La prestación de servicios en cualquiera de sus formas; y, en general, cualquiera otra actividad, relacionada o no con los objetos mencionados, que en el futuro determine el socio.- Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Curicó, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. ADMINISTRACION: La administración y el uso de la razón social corresponderán a don OLIVER JAMES CARSON quien la representará con las facultades de administración que se señalan a continuación, pudiendo obligar a la sociedad en toda clase de actos y contratos inherentes a su giro y sin que la enumeración se expresa sea limitativa o taxativa. CAPITAL: El capital social será la suma de cinco millones de pesos (5.000.000) aportado en la siguiente forma y proporción: 1.-) Don Oliver James Carson, aporta el 50% del capital que equivale a la suma de dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000), cantidad que será ingresada según las necesidades de la sociedad, y en todo caso, dentro del plazo máximo de Cinco años; y sociedad AGROCROP SpA, debidamente representada por don Raul Andres Orellana Fredes, aporta el 50% del capital que equivale a la suma de dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000), cantidad que será ingresada según las necesidades de la sociedad, y en todo caso, dentro del plazo máximo de Cinco años.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Teno, 24 de febrero de 2026.