Central Car Ángel Ugalde Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de febrero de 2026
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO ANDRES OÑATE MIRANDA, abogado, Notario Interino de la Cuarta Notaría de La Serena, según Decreto Económico número ciento cincuenta y dos guion dos mil veinticinco, del Primer Juzgado de Letras de La Serena, designado por Resolución de fecha veintitrés de Septiembre de dos mil veinticinco, de la Presidencia del Ilustrísimo Tribunal, protocolizado al final de este Registro con fecha veintinueve de Septiembre del año dos mil veinticinco, bajo el número cuatro mil quinientos veintiséis guion dos mil veinticinco, con oficio en Avenida el Santo, número mil doscientos cuarenta, local uno, Edificio Soho, La Serena, certifica que por escritura pública de fecha tres de febrero de 2026, repertorio número 538-2026 , don Ángel Antonio Ugalde Flores y doña Constanza Haydee Ugalde Avalos, modificaron sociedad “Central Car Ángel Ugalde Limitada” inscrita a fojas cincuenta y ocho número treinta en el Registro de Comercio de La Serena del año dos mil catorce, en los siguientes términos: Uno) Modifican el artículo Segundo del Pacto Social, relativo al nombre, sustituyéndolo por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO. NOMBRE. La razón social será “Inversiones Central Car Limitada”, pudiendo actuar, incluso ante bancos, con el nombre de fantasía “Inversiones Central Car Ltda.”; y Dos) Sustituyen el artículo Quinto del Pacto Social, relativo al objeto, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. OBJETO. La sociedad tendrá por objeto: a) La realización por cuenta propia, ajena o asociado a terceros, de toda tipo de negocios e inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, arrendarlos, subarrendarlos, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, efectuar representaciones, consignaciones, b) Todo otro negocio o actividad que se relacionen, en la actualidad o en el futuro, con todo lo antes mencionado y demás actividades comerciales que acuerden los socios.” Los socios mantienen limitada su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes, declarando que en lo no modificado por la presente escritura, se mantiene plenamente vigente el pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Capital de la Sociedad es de $7.000.000.- La Serena, 19 de febrero de 2026.