SOCIEDAD TERAPEUTICA SYNAPTECH LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 7886/2025
- Notario
- LUIS ARMANDO CARRILLO CARO
- Oficio
- Titular de la Primera Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ARMANDO CARRILLO CARO, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de Concepción, don RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, con oficio calle Barros Arana número 989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de Diciembre del año 2025, ante el Notario Titular, Repertorio Nº7886/2025; Uno. Don RODRIGO ANDRÉS REEVES DÍAZ y doña JAVIERA LILIANA VERGARA CRUZ, ambos por sí y en representación de INVERSIONES REEVES VERGARA LIMITADA, sociedad del giro de inversión, Rol Único Tributario en trámite, y Dos. SERVICIOS MEDICOS PSIQUIATRICOS GONZALO NAVARRETE E.I.R.L. antes NAVARRETE RIOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, sociedad del giro salud y prestación de servicios médicos representada por don GONZALO RODRIGO NAVARRETE RÍOS modificaron la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD TERAPEUTICA SYNAPTECH LIMITADA rut 78.066.371-5, inscrita a fojas 604 vuelta, número 359 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Concepción de 2025, en el sentido de: Uno. dejar constancia que: i. por escritura pública de 29 de agosto de 2025 don Rodrigo Andrés Reeves Díaz, y doña Javiera Liliana Vergara Cruz constituyeron INVERSIONES REEVES VERGARA LIMITADA mediante el aporte dominio de los derechos sociales de que eran titulares en SOCIEDAD TERAPÉUTICA SYNAPTECH LIMITADA producto de ello se han retirado de la sociedad don RODRIGO ANDRÉS REEVES DÍAZ y doña JAVIERA LILIANA VERGARA CRUZ y ha ingresado como nuevo socio INVERSIONES REEVES VERGARA LIMITADA. ii. Por acto de fecha 29 de octubre de 2025 se acordó la transformación de NAVARRETE RIOS Y COMPAÑÍA LIMITADA en SERVICIOS MEDICOS PSIQUIATRICOS GONZALO NAVARRETE E.I.R.L.. Dos. Los socios acuerdan reemplazar el Artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la $1.000.000 que los socios aportan y pagan, en las proporciones siguientes: Uno. INVERSIONES REEVES VERGARA LIMITADA, debidamente representada, aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, que paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo. Dos. SERVICIOS MEDICOS PSIQUIATRICOS GONZALO NAVARRETE E.I.R.L, debidamente representada, aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, que paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo”. Responsabilidad socios limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- En lo demás, estatutos íntegramente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 23 de febrero de 2026.