SOCIEDAD ALFONSO LÉPEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Notario
- JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
- Oficio
- Tercera Notaria de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $1.250.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Chillán, con oficio en calle Arauco Nº 390, Certifica: que por escritura pública de fecha cuatro de febrero de dos mil veintiséis, Doña TANIA EUGENIA LÉPEZ QUEZADA, chilena, educadora de párvulos, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número doce millones novecientos ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y siete guion nueve; doña TAMARA PAOLA LÉPEZ QUEZADA, chilena, trabajadora social, divorciada, cédula nacional de identidad número catorce millones trescientos treinta y tres mil seiscientos setenta y siete guion ocho, y don JOSÉ ALFONSO LÉPEZ GARCÍA, chileno, casado en separación total de bienes, gineco-obstetra, cédula de identidad número cinco millones cuatrocientos cuarenta y un mil setenta y nueve guion cuatro; modificaron la sociedad SOCIEDAD ALFONSO LÉPEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA nombre fantasía LÉPEZ Y LÉPEZ LTDA., RUT. 77.975.890-7, sociedad constituida por escritura pública de fecha veinte de mayo de dos mil tres ante notario público don Sergio Condeza Neuber, extracto inscrito a fojas doscientos dieciséis número doscientos treinta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año dos mil tres, publicado Diario Oficial con fecha dieciséis de julio de dos mil tres, capital social $1.250.000.- MODIFICACIONES: CESION DERECHOS: a) TAMARA PAOLA LÉPEZ QUEZADA vende a JOSÉ ALFONSO LÉPEZ GARCÍA el 50% de sus derechos sociales. Precio: $8.125.000. b) doña TAMARA PAOLA LÉPEZ QUEZADA vende a TANIA EUGENIA LÉPEZ QUEZADA el 50% de sus derechos sociales. Precio: $8.125.000. quedando como únicos socios a) don JOSÉ ALFONSO LÉPEZ GARCÍA, con un setenta por ciento de participación en el capital social y la misma proporción respecto a las utilidades y pérdidas sociales; y b) doña TANIA EUGENIA LÉPEZ QUEZADA con un treinta por ciento de participación en el capital social y la misma proporción respecto a las utilidades y pérdidas sociales. En todo lo demás sigue vigente y sin modificaciones el pacto social. Demás modificaciones y estipulaciones en escritura extractada. Extracto autorizado conforme Art. 402 C.O.T. Chillán, 04-Febrero 2026.