SOCIEDAD AGRÍCOLA V Y C LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2026
- Notario
- Marcelo Andrés Donoso Araya
- Domicilio
- doña Patricia Valentina Manríquez Huerta
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMarcelo Andrés Donoso Araya, Notario Público Suplente de doña Patricia Valentina Manríquez Huerta, Titular de la 48ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo Nº3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de hoy, ante mí, don Guido Reinaldo Vecchiola Trabucco, don Edgar Ernesto Vecchiola Trabucco, Inversiones Vecchiola Figueroa SpA, Inversiones Rio Tordino Limitada, Inversiones Río Nora Limitada e Inversiones Río Po Limitada; todos domiciliados en calle Del Inca N° 4446, oficina 201, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos socios de “SOCIEDAD AGRÍCOLA V Y C LIMITADA”, inscrita a fojas 13, bajo el Nº 9 en el Registro de Comercio de Chañaral del año 1985, acordaron modificar el artículo cuarto del pacto social, en el sentido que en adelante la administración y uso de razón social corresponderá a apoderados denominados Clase A, Clase B y Clase C, siendo apoderados Clase A don Guido Andrés Vecchiola Arellano, doña Rosanna Vecchiola Arellano y don Gino Vecchiola Arellano; apoderados Clase B don Gian-Franco Vecchiola Morales, don Enzo Vecchiola Morales y don Angelo Vecchiola Morales, y apoderados Clase C doña Verónica Vecchiola Figueroa y doña María Isabel Vecchiola Figueroa. Actuando conjuntamente un apoderado Clase A con un apoderado Clase B o con uno Clase C, o bien conjuntamente un apoderado Clase B con uno Clase C y anteponiendo a sus nombres la razón social, obligarán y representarán válidamente a la Sociedad en toda clase de actos y contratos que fueren necesarios para el cumplimiento de los fines sociales, con la sola limitación señalada al final de dicha cláusula. Otras estipulaciones constan en escritura extractada y no son materias de extracto. Santiago, 16 de febrero de 2026.