CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IP DIGITAL LABEL LIMITADA

RUT 15890459-4 CVE 2775561
Fecha instrumento
12 de febrero de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de febrero de 2026
Notario
PABLO GABRIEL DIAZ MANDIOLA
Domicilio
y Archivero Judicial suplente del titular de San Miguel Claudio Barrena Eyzaguirre

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad de responsabilidad limitada será la comuna de Independencia
Duración
La empresa tendrá una duración de quince años renovables automáticamente y por periodos iguales a contar de ésta fecha; salvo declaración en contrario, efectuada por escritura pública y tomada razón de ella al margen de la inscripción de la constitución de la sociedad

Objeto social

El objeto social es la explotación del ramo editorial, gráfico e imprenta, sea adquiriendo derechos de autor, sea editando libros, folletos, revistas, diarios y periódicos y otras publicaciones por encargo de los autores o de terceros, sea intermediando entre estas personas y una o más imprentas, sea editando, diagramando y)o imprimiendo, en sus propias instalaciones; sea comprando y)o vendiendo libros de otras editoriales o de clientes directos; sea estudiando programas de publicidad y de propaganda y su puesta en marcha; y todo lo relacionado, de cualquiera manera, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior, y cualquier otro negocio que acordaren los socios

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO GABRIEL DIAZ MANDIOLA, Abogado, Notario Público y Archivero Judicial suplente del titular de San Miguel Claudio Barrena Eyzaguirre, con oficio Gran Avenida José Miguel Carrera N°2572, San Miguel, CERTIFICO: Por escritura pública del día de hoy, ante mi, comparecen: PABLO ANDRES IRIARTE JAQUE, chileno, soltero, empresario, C.I. N°15.890.459-4, domiciliado en Las Enredaderas 2.345, comuna de Independencia, Región Metropolitana, de paso en esta y don HORACIO GUSTAVO ANDRES PALACIOS, argentino, casado, empresario, C.I. N°14.757.827- K, domiciliado en calle Bombero Villalobos número 1.247 departamento 602 E, comuna de Rancagua, Región de O”Higgins y de paso en esta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- NOMBRE: La razón social será IP DIGITAL LABEL LIMITADA,.-DOMICILIO: El domicilio de la sociedad de responsabilidad limitada será la comuna de Independencia, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. DURACIÓN: La empresa tendrá una duración de quince años renovables automáticamente y por periodos iguales a contar de ésta fecha; salvo declaración en contrario, efectuada por escritura pública y tomada razón de ella al margen de la inscripción de la constitución de la sociedad. OBJETO: El objeto social es la explotación del ramo editorial, gráfico e imprenta, sea adquiriendo derechos de autor, sea editando libros, folletos, revistas, diarios y periódicos y otras publicaciones por encargo de los autores o de terceros, sea intermediando entre estas personas y una o más imprentas, sea editando, diagramando y/o imprimiendo, en sus propias instalaciones; sea comprando y/o vendiendo libros de otras editoriales o de clientes directos; sea estudiando programas de publicidad y de propaganda y su puesta en marcha; y todo lo relacionado, de cualquiera manera, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior, y cualquier otro negocio que acordaren los socios - CAPITAL: Capital El capital social será de cinco millones de pesos, los cuales se aportan por los socios de la siguiente forma: a) don PABLO ANDRES IRIARTE JAQUE, la suma de dos millones quinientos mil pesos aportados en este acto al contado y en dinero en efectivo e ingresados a la caja social, equivalentes cincuenta por ciento del capital social; y b) El socio don HORACIO GUSTAVO ANDRES PALACIOS, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, aportados en este acto al contado y en dinero en efectivo e ingresados a la caja social, equivalentes cincuenta por ciento del capital social. Administración, La administración, representación legal y el uso de la razón social, corresponderá a ambos socios actuando conjuntamente con amplias facultades expresadas en pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. En San Miguel, 12 de febrero de 2026.-