MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Pelluco Limitada

RUT 96569220-7 CVE 2775751
Fecha instrumento
4 de febrero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de febrero de 2026
Repertorio
1797/2026
Notario
JORGE LOBOS DIAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita Nº 20, comuna de las Condes, certifico: Por escritura pública ante mi, de fecha 04/02/2026, repertorio N°1.797/2026, comparecen: Pauline Reed Compton, domiciliada en Rey Gustavo Adolfo Nº 4645, departamento 3, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Andrés Orellana Reed, domiciliado en Antillanca Nº 9087, departamento 902, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y Daniela Orellana Reed, domiciliada en Arturo Ureta Nº 1150, departamento 702, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quienes modifican la sociedad “INVERSIONES PELLUCO LIMITADA”, R.U.T. 96.569.220-7, constituida bajo la razón social “Inversiones Pelluco S.A.” por escritura pública de 7 de diciembre de 1989, otorgada ante el Notario de Santiago don Humberto Quezada Moreno, cuyo extracto fue inscrito a fojas 33.894, número 18.283, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1989. Se acuerda modificar el pacto social en lo relativo a la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, la que corresponderá a uno cualquiera de los socios Pauline Reed Compton, Andrés Orellana Reed y Daniela Orellana Reed, quienes actuando en forma separada e individual, representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad “Inversiones Pelluco Limitada”, en Chile o en el extranjero, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo las facultades que se detallan en la escritura extractada de manera meramente enunciativa y no taxativa: Demás acuerdos y estipulaciones en escritura extractada. Santiago 11 de Febrero 2026. Mmo.-