ASISTENCIA METALÚRGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de febrero de 2026
- Repertorio
- 1252-2015
- Notario
- o AMETEC LTDA. JULIO ABASOLO ARAVENA
- Oficio
- 2ª Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Duración
- cinco años”. Debiendo señalar de forma completa la voluntad expresa de los socios pactada en la cláusula séptima de los estatutos sociales. Este vicio ha causado graves perjuicios a la sociedad, tales como afectar la vigencia de la sociedad. Cinco: Saneamiento. Conforme lo dispuesto en el artículo 1º inciso 4º y siguientes de la Ley 19.499, los comparecientes suscribieron escritura pública con el objeto de sanear el vicio formal de “inscripción de extracto de escritura con un vicio formal conforme lo establecido en el numeral 1º del artículo 426 del Código de Comercio” corrigiendo y complementando el plazo de duración de la sociedad, de modo que el PLAZO de duración de la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ASISTENCIA METALÚRGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA, es de 5 años, contados desde su constitución, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, salvo voluntad en contrario manifestada por escritura pública 60 día previos al vencimiento del plazo, la que deberá subinscribirse al margen de la inscripción social. Y así debe ser inscrita en el Conservador de Comercio, saneando, rectificando, y/o complementando la inscripción de fojas 1.437, vuelta, Nº795, del 2 de junio de 2015. Seis: Los comparecientes declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada previa a este acto, que se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad relativa de que pueda adolecer el acto de modificación de la sociedad. Siete: En todo aquello en que no se modificaren los estatutos sociales por el presente instrumento, continuaran vigentes las estipulaciones del pacto social y sus posteriores modificaciones
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDE ESCRITURA SANEAMIENTO DE EXTRACTO DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD ASISTENCIA METALÚRGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA. JULIO ABASOLO ARAVENA, Abogado, Notario Público, Titular de la 2ª Notaría de Antofagasta, con oficio en Calle Jorge Washington Nº2.600, Antofagasta, CERTIFICA: Que por escritura pública Rep. Nº541-2026 de fecha 9 de febrero de 2026 comparecieron ante mí: don MILTO YANIRO GUILLEN ALAVE, chileno, casado, ingeniero civil químico, Rut 11.611.876-9, domiciliado en Calle México Nº661, Antofagasta y don MARIO ORLANDO CORTÉS CRUZ, chileno, casado, técnico en computación, Rut 10.358.447-7, domiciliado en Avenida Argentina Nº0150, departamento 54, Antofagasta. Los comparecientes en el acto de suscripción declaran que: Uno: Son los únicos socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada “ASISTENCIA METALURGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA.” RUT N.º 76.495.721-0. Cuyo capital es de $6.000.000.- Dos. Que la sociedad se constituyó con fecha 17 de abril de 2015 por escritura pública Repertorio Nº1.252-2015, otorgada en la 3ª Notaría de Antofagasta ante la Notario Público doña Andrea Ruiz Fuentes, Suplente del titular don Gonzalo Hurtado Peralta. Tres: Que la Sociedad fue modificada con fecha 24 de febrero de 2016 por escritura pública Repertorio Nº720-2016, otorgada en la 3ª Notaría de Antofagasta ante el Notario Público titular don Gonzalo Hurtado Peralta. Cuatro: Se verificó que el extracto que dio cuenta de la constitución de la sociedad, y que fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta a fojas 1.437, vuelta, Nº795, del 2 de junio de 2015, contiene un vicio conforme lo establecido en el artículo 354, inciso 2º del Código de Comercio; lo dispuesto por la Ley 19.499; y la Ley 3.918, el cual consiste en: el extracto contiene información parcial e insuficiente respecto de la duración de la sociedad pactada por los socios en los estatutos sociales, el extracto “dice: PLAZO: cinco años”. Debiendo señalar de forma completa la voluntad expresa de los socios pactada en la cláusula séptima de los estatutos sociales. Este vicio ha causado graves perjuicios a la sociedad, tales como afectar la vigencia de la sociedad. Cinco: Saneamiento. Conforme lo dispuesto en el artículo 1º inciso 4º y siguientes de la Ley 19.499, los comparecientes suscribieron escritura pública con el objeto de sanear el vicio formal de “inscripción de extracto de escritura con un vicio formal conforme lo establecido en el numeral 1º del artículo 426 del Código de Comercio” corrigiendo y complementando el plazo de duración de la sociedad, de modo que el PLAZO de duración de la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ASISTENCIA METALÚRGICA Y TECNOLÓGICA LIMITADA y/o AMETEC LTDA, es de 5 años, contados desde su constitución, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años, salvo voluntad en contrario manifestada por escritura pública 60 día previos al vencimiento del plazo, la que deberá subinscribirse al margen de la inscripción social. Y así debe ser inscrita en el Conservador de Comercio, saneando, rectificando, y/o complementando la inscripción de fojas 1.437, vuelta, Nº795, del 2 de junio de 2015. Seis: Los comparecientes declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada previa a este acto, que se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad relativa de que pueda adolecer el acto de modificación de la sociedad. Siete: En todo aquello en que no se modificaren los estatutos sociales por el presente instrumento, continuaran vigentes las estipulaciones del pacto social y sus posteriores modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada.