CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PRODUCTORA Y COMERCIALIZADORA DE HONGOS SHIITAKE EMPRESA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CVE 2774773
Fecha instrumento
22 de enero de 2026
Notaría
Talca con
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de enero de 2026
Notario
JUAN ENRIQUE JARA OPAZO
Oficio
VI Notaria de Talca con asiento en San Clemente
Comuna
Talca con

Sociedad

Domicilio
Talca
Duración
dos años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales, salvo que los socios manifiesten su voluntad de ponerle término con 6 meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prórroga que estuviere vigente

Objeto social

A. Compraventa de bienes inmuebles agrícolas o no agrícolas por cuenta propia. B. La empresa tendrá por objeto desarrollar la compra agrícola para posterior subdivisión, o loteo de las mismas; todo para su comercialización; C.- El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones, y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros que estén relacionados con la compra y subdivisión de bienes raíces agrícolas. D.- La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, como realizar gestiones ante el servicio de impuestos internos, servicio agrícola y ganadero, corporación nacional forestal, oficinas de obras públicas de las distintas municipalidades y conservadores de bienes raíces. E.- otros que acuerden los socios durante la vigencia de la sociedad, estén o no relacionados con lo anterior

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ENRIQUE JARA OPAZO, Notario Público Interino de la VI Notaria de Talca con asiento en San Clemente, con oficio en calle Alejandro Cruz n°124, San Clemente: Por escritura pública de fecha veintidós de enero de dos mil veintiséis, ante mí, DON: EDGARDO ALFREDO MEDINA LOYOLA, DOÑA: LUZ ANGELICA LARA MEZA, DOÑA: MARIA ISABEL GUTIERREZ ENCINA, DON: ALEJANDRO HUMBERTO FARIAS OROSTICA, DON: CLAUDIO RODRIGO ILLANES MOLINA, DON: GIBRALTAR IGNACIO GUTIÉRREZ UMAÑA, DOÑA: NADIA NOEMÍ REBOLLEDO GIL, DON: RAMON ENRIQUE VÁSQUEZ VALENZUELA, constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad productora y comercializadora de Hongos Shiitake, Empresa de Responsabilidad Limitada. OBJETO: A. Compraventa de bienes inmuebles agrícolas o no agrícolas por cuenta propia. B. La empresa tendrá por objeto desarrollar la compra agrícola para posterior subdivisión, o loteo de las mismas; todo para su comercialización; C.- El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones, y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros que estén relacionados con la compra y subdivisión de bienes raíces agrícolas. D.- La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, como realizar gestiones ante el servicio de impuestos internos, servicio agrícola y ganadero, corporación nacional forestal, oficinas de obras públicas de las distintas municipalidades y conservadores de bienes raíces. E.- otros que acuerden los socios durante la vigencia de la sociedad, estén o no relacionados con lo anterior. Domicilio: Talca, sin perjuicio, sucursales, agencias, representaciones u oficinas resto país o extranjero. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá al socio doña: NADIA NOEMÍ REBOLLEDO GIL con amplias facultades señaladas en escritura. Capital: cincuenta millones de pesos (50.000.000), que serán aportados de la siguiente manera. DON: EDGARDO ALFREDO MEDINA LOYOLA aporta la suma de cinco millones de pesos, DOÑA: LUZ ANGELICA LARA MEZA aporta la suma de cinco millones de pesos DOÑA: MARIA ISABEL GUTIERREZ ENCINA aporta la suma de cinco millones de pesos, DON: ALEJANDRO HUMBERTO FARIAS OROSTICA aporta la suma de cinco millones de pesos, DON: CLAUDIO RODRIGO ILLANES MOLINA aporta la suma de cinco millones de pesos, DON: GIBRALTAR IGNACIO GUTIÉRREZ UMAÑA aporta la suma de cinco millones de pesos DOÑA: NADIA NOEMÍ REBOLLEDO GIL aporta la suma de diez millones de pesos DON: RAMON ENRIQUE VÁSQUEZ VALENZUELA aporta la suma de cinco millones de pesos, Capital social enteramente pagado. Responsabilidad: Limitada al monto respectivos aportes. Duración: dos años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales, salvo que los socios manifiesten su voluntad de ponerle término con 6 meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prórroga que estuviere vigente. Demás estipulaciones escritura. En San Clemente a 22 de enero de 2026. Doy fe.-