MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LUCERNA LIMITADA

RUT 99574200-4 CVE 2775032
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
En virtud de lo anterior: 1) Se sustituye íntegramente el artículo cuarto de los estatutos sociales, relativa al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA E. PIÑA CUEVAS, Notario Interino de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, certifica: Por escritura pública otorgada el 29 diciembre 2025, ante don Iván Torrealba Acevedo: A) TENARIS GLOBAL SERVICES AND INVESTMENTS S.á.r.l., sociedad del giro inversiones; y B) TENARIS GLOBAL SERVICES S.A. sociedad del giro inversiones, ambas domiciliadas en Av. Apoquindo 3919, piso 15, Las Condes, Santiago; modificaron los estatutos sociales de “INVERSIONES LUCERNA LIMITADA” inscrita a fojas 25 vuelta, N°29 del Registro de Comercio del CBR de San Antonio del año 2009, disminuyendo su capital social y cambiando el domicilio social. En virtud de lo anterior: 1) Se sustituye íntegramente el artículo cuarto de los estatutos sociales, relativa al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. CAPITAL SOCIAL. El capital social es la suma de quince millones setecientos setenta y cuatro mil quinientos dieciséis coma cero seis dólares de los Estados Unidos de América que los socios aportaron y pagaron en la siguiente forma, oportunidad y proporción: a) TENARIS GLOBAL SERVICES AND INVESTMENTS S.à r.l. aportó y pagó, con anterioridad a esta fecha, la suma total de quince millones quinientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta y seis coma ocho seis dólares de los Estados Unidos de América, equivalente al noventa y ocho coma seis nueve cinco seis dos dos por ciento de los derechos sociales; y b) TENARIS GLOBAL SERVICES S.A. aportó y pagó, con anterioridad a esta fecha, la suma de doscientos cinco mil setecientos cincuenta y nueve coma dos cero dólares de los Estados Unidos de América, equivalente al uno coma tres cero cuatro tres siete ocho por ciento de los derechos sociales.”; y 2) Se sustituye íntegramente el artículo tercero de los estatutos sociales, relativa al domicilio social, por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO. DOMICILIO SOCIAL. la Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o el extranjero.” En todo lo no modificado permanece plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 18.02.2026.