MANUFACTURAS INTERAMERICANA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2025
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- Vigésimo Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.977.820.674 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que, por escritura pública de fecha 26 de diciembre del año 2025, otorgada ante mí, y anotada en el Libro de Repertorio bajo el N° 10.603/2025, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MANUFACTURAS INTERAMERICANA S. A., celebrada en la misma fecha. En ella, la unanimidad de las accionistas de la Sociedad, según el Registro de Accionistas que tuve a la vista, adoptó los siguientes acuerdos: Uno. Rectificar los errores que constan de la escritura pública de fecha 3 de noviembre del año 2025, otorgada en la Cuadragésimo Primera Notaría de Santiago, y anotada en el Libro de Repertorio bajo el número 13.847-2025, en el sentido que se indica en la escritura extractada y en materias que no son objeto de extracto. Dos. Reformar el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, a efectos de reflejar la rectificación de los errores que constan de la escritura pública de fecha 3 de noviembre del año 2025, otorgada en la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, y anotada en el Libro de Repertorio bajo el número 13.847-2025; sustituyéndolo por el que sigue: “ARTÍCULO CUARTO. El capital de la sociedad asciende a la suma de seis mil ochocientos cuarenta y un millones cuatrocientos catorce mil cuatrocientos diecinueve pesos, dividido en treinta millones de acciones ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, que es suscrito y pagado en la forma indicada por el Artículo Tercero Transitorio.” Tres. Reformar el artículo Tercero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, a efectos de reflejar la rectificación de los errores que constan de la escritura pública de fecha 3 de noviembre del año 2025, otorgada en la Cuadragésimo Primera Notaría de Santiago, y anotada en el Libro de Repertorio bajo el número 13.847-2025; cuyo contenido no es materia de extracto. Se deja constancia, no obstante, que de acuerdo al contenido de dicho artículo, la fracción del capital ascendente a la suma de $3.977.820.674, dividido en 3.246.310, fue íntegramente suscrito y pagado, con anterioridad a la fecha de la escritura pública rectificada por medio de aquella que es objeto de este extracto. Cuatro. Aumentar el capital de la Sociedad, desde la suma actual, que asciende a la suma de $6.841.414.419, dividido en 30.000.000 de acciones ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de $9.791.414.419, dividido en 35.900.000 acciones ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, implicando un aumento efectivo del capital de la Sociedad por la suma de $2.950.000.000, mediante la emisión de 5.900.000 acciones de pago. Cinco. Reformar los artículos Cuarto y Tercero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, en el sentido de reflejar el aumento del capital señalado en el número anterior de este extracto; como se indica a continuación: /a/ Sustituir el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad por el que sigue: “ARTÍCULO CUARTO. El capital de la sociedad asciende a la suma de nueve mil setecientos noventa y un millones cuatrocientos catorce mil cuatrocientos diecinueve pesos, dividido en treinta y cinco millones novecientas mil acciones ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, que son suscritas y pagadas en la forma indicada en el Artículo Tercero Transitorio.”, y /b/ Sustituir el artículo Tercero Transitorio por aquel que consta de la escritura extractada, cuyo contenido no es objeto de extracto. Se deja constancia, no obstante, de que la fracción del capital ascendente a la suma de $6.841.414.419, dividida en 30.000.000 de acciones, fue íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a la fecha de la Junta Extraordinaria y de la escritura pública extractada; y que, en cuanto a la fracción ascendente a la suma de $2.950.000.000, y representado por 5.900.000 acciones, fue íntegramente suscrito y pagado con ocasión de la Junta Extraordinaria, cuya reducción a escritura pública es objeto de este extracto. Las demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2026.