Instrumento
- Repertorio
- 307-2026
- Notario
- Álvaro Gonzalo Mera Correa
- Domicilio
- para las comunas de Constitución y Empedrado
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Constitución
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el expendio de todo tipo de comidas, bebidas alcohólicas y analcohólicas, cigarrillos; la fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de comidas, panes, galletas, sándwiches, pizzas, pasteles, dulces, tortas y toda suerte de masas, dulces o saladas; La comercialización y distribución de otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena de establecimientos comerciales; la prestación de servicios de banquetería y la producción de toda clase de eventos; y cualquier otro negocio que se acordare todo tipo de productos de pastelerías, panaderías y otros afines, también cafeterías, salones de té, fuentes de soda y todo tipo de productos comestibles, supermercados y minimarket. La comercialización, distribución, importación, exportación, fabricación, venta y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos y bienes sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país. En todo caso, la Sociedad podrá dedicarse a cualquier tipo de actividades que directa o indirectamente se relacionen con el objeto aquí señalado y que acuerden la o los accionistas, pudiendo al efecto ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos de cualquier naturaleza que conduzcan al más fiel y cabal cumplimiento de dichos fines
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro Gonzalo Mera Correa, Abogado, Notario Público Titular para las comunas de Constitución y Empedrado, con domicilio en calle O´Higgins número 499-A de Constitución, certifica: Mediante escritura pública otorgada el día 19 de febrero del presente, ante mí, Repertorio N° 307-2026, doña CECILIA ANDREA FUENTES VEGA, don CRISTOBAL GABRIEL YAÑEZ FUENTES y don TOMAS GONZALO YAÑEZ FUENTES, todos domiciliados en Villa Millauquen Pasaje Rio Achibueno número 2201, comuna de Constitución; constituyeron sociedad por acciones, a monto de respectivo aporte. Nombre o razón social “INVERSIONES CONISIDORITA SpA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “CONISIDORITA SpA”.- OBJETO: El objeto de la sociedad será el expendio de todo tipo de comidas, bebidas alcohólicas y analcohólicas, cigarrillos; la fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de comidas, panes, galletas, sándwiches, pizzas, pasteles, dulces, tortas y toda suerte de masas, dulces o saladas; La comercialización y distribución de otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena de establecimientos comerciales; la prestación de servicios de banquetería y la producción de toda clase de eventos; y cualquier otro negocio que se acordare todo tipo de productos de pastelerías, panaderías y otros afines, también cafeterías, salones de té, fuentes de soda y todo tipo de productos comestibles, supermercados y minimarket. La comercialización, distribución, importación, exportación, fabricación, venta y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos y bienes sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país. En todo caso, la Sociedad podrá dedicarse a cualquier tipo de actividades que directa o indirectamente se relacionen con el objeto aquí señalado y que acuerden la o los accionistas, pudiendo al efecto ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos de cualquier naturaleza que conduzcan al más fiel y cabal cumplimiento de dichos fines.- Capital social: $10.000.000.- (Diez millones de pesos) divididos en 100 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, y sin valor nominal, el cual fue aportado de la siguiente manera: a) La accionista CECILIA ANDREA FUENTES VEGA, suscribe 80.- (ochenta) acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie, y sin valor nominal, equivalentes a ocho millones de pesos del capital social, los que son pagados en dinero efectivo en este mismo acto y ha ingresado a la caja social; b) El accionista CRISTOBAL GABRIEL YAÑEZ FUENTES, suscribe 10.- (diez) acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie, y sin valor nominal, equivalentes a un millón de pesos del capital social, los que son pagados en dinero efectivo en este mismo acto y ha ingresado a la caja social; y c) El accionista TOMAS GONZALO YAÑEZ FUENTES, suscribe 10.- (diez) acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie, y sin valor nominal, equivalentes a un millón de pesos del capital social, los que son pagados en dinero efectivo en este mismo acto y ha ingresado a la caja social.- Administración y uso de razón social: Será efectuada por un Gerente General designado en los artículos transitorios y que corresponde la accionista CECILIA ANDREA FUENTES VEGA, amplias facultades, con limitación para vender, prometer vender, gravar, ceder, permutar y en general enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, fijar los precios, forma de pago, formas de entrega, cabidas, deslindes, y toda clase de condiciones, plazos y otras modalidades; percibir el precio, entregar las cosas vendidas, ejecutar, ejercitar y renunciar a todos los derechos que al vendedor le otorguen los Códigos Civil y de Comercio; renunciar a acciones tales como las de nulidad, rescisión, resolución o evicción y aceptar sus renuncias, y otorgar pactos accesorios como el de retroventa, deberá contar con aprobación de la junta de accionistas.- Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida.- Domicilio: Ciudad de Constitución, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero.- Demás estipulaciones escritura extractada. Constitución, 20 de febrero del 2026.