DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Centro Norte Dos SpA

CVE 2774047
Capital
$6.064.343.484 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2025
Notario
ZAIDA ANGÉLICA SEPÚLVEDA RIVERA
Oficio
interina de la 25ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.064.343.484 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se prorrogará tácitamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término, mediante aviso dado por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periodo que estuviere en curso

Objeto social

El objeto de la Sociedad será (i) la inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, acciones, valores mobiliarios, derechos o participaciones en otras sociedades de cualquier naturaleza, asociaciones o cuentas en participación, y (ii) la participación en la constitución, adquisición y enajenación de concesiones mineras constituidas o en proceso de constitución y constitución y enajenación de derechos de agua en relación con dichas concesiones, como la constitución de sociedades regidas por el Código de Minería;

Administración

La representación y la administración de la Sociedad, y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios don Miguel Nenadovich del Río, doña Elizabeth Magdalena Tatiana Vuletin Dujisin, don Milivoje Nenadovich Vuletin, don Mihailo Nenadovich Vuletin y)o doña Elisabetta Nenadovich Vuletin, con las excepciones que se indican en la escritura;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ZAIDA ANGÉLICA SEPÚLVEDA RIVERA, notario público interina de la 25ª Notaría de Santiago, certifica: que mediante escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 2366-2025: MIGUEL NENADOVICH DEL RÍO, domiciliado en calle Espoz número cuatro mil trescientos, departamento sesenta y dos, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, ELIZABETH VULETIN DUJISIN, domiciliada en Camino Internacional, Km. 4, comuna de los Andes, Región de Valparaíso, MILIVOJE NENADOVICH VULETIN, domiciliado en Av. El Golf número doscientos ochenta, departamento dos mil uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, ELISABETTA REGINA NENADOVICH VULETIN, domiciliada en Candelaria Goyenechea número cuatro mil trescientos treinta, departamento veintitrés, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y MIHAILO NENADOVICH VULETIN, domiciliado en Camino San Antonio número sesenta y cinco, departamento novecientos once A, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, todos en sus calidades de: (i) únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES EM DOS LIMITADA (la “Sociedad Absorbente”), inscrita a fojas 20.412, número 16.311, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000; y, (ii) únicos y actuales accionistas de la sociedad INMOBILIARIA CENTRO NORTE DOS SpA (la “Sociedad Absorbida”), acordaron: /Uno/ La fusión de la sociedad Inmobiliaria Centro Norte Dos SpA por absorción de ésta en Inversiones EM Dos Limitada, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con efecto y vigencia contable y operativa a contar de la fecha de la escritura de fusión. La Sociedad Absorbente absorbe a la Sociedad Absorbida adquiriendo todos los activos y pasivos de éstas, sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones como su continuadora legal, de acuerdo al balance de fusión al 30 de septiembre de 2025; disolviéndose la sociedad Inmobiliaria Centro Norte Dos SpA, una vez materializada la fusión, sin necesidad de efectuar la liquidación de ésta. La relación de canje de derechos sociales como consecuencia de la fusión es la siguiente: (i) a don MIGUEL NENADOVICH DEL RÍO, le corresponderá un 24,5 por ciento de los derechos sociales de INVERSIONES EM DOS LIMITADA, (ii) a doña ELIZABETH MAGDALENA TATIANA VULETIN DUJISIN, le corresponderá un 0,5 por ciento de los derechos sociales de INVERSIONES EM DOS LIMITADA, (iii) a don MILIVOJE NENADOVICH VULETIN, le corresponderá un 25 por ciento de los derechos sociales de INVERSIONES EM DOS LIMITADA, (iv) a don MIHAILO NENADOVICH VULETIN, le corresponderá un 25 por ciento de los derechos sociales de INVERSIONES EM DOS LIMITADA, y, (v) a doña ELISABETTA REGINA NENADOVICH VULETIN, le corresponde un 25 por ciento de los derechos sociales de INVERSIONES EM DOS LIMITADA. /Dos/ Aumentar el capital de Inversiones EM Dos Limitada desde la suma de $2.052.071.276 de pesos hasta la suma de $6.064.343.484. El aumento de capital, correspondiente a la suma de $4.012.272.208, es equivalente a la suma del capital emitido indicado respecto de la Sociedad Absorbida. /Tres/ Fijar los nuevos estatutos refundidos de la Sociedad Absorbente, los cuales se extractan a continuación: Razón Social: “INVERSIONES EM DOS LIMITADA; Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que se puedan establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero; Objeto: El objeto de la Sociedad será (i) la inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, acciones, valores mobiliarios, derechos o participaciones en otras sociedades de cualquier naturaleza, asociaciones o cuentas en participación, y (ii) la participación en la constitución, adquisición y enajenación de concesiones mineras constituidas o en proceso de constitución y constitución y enajenación de derechos de agua en relación con dichas concesiones, como la constitución de sociedades regidas por el Código de Minería; Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $6.064.343.484, que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción y forma: (i) MIGUEL NENADOVICH DEL RÍO, aporta la suma de $1.485.764.154, equivalente al 24,5% de los derechos sociales, de los cuales la suma de $1.482.727.254 se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto, y la suma de $3.036.900 se suscribe y enterará a más tardar el 30 de diciembre de 2030, en dinero efectivo y/o bienes; (ii) ELIZABETH MAGDALENA TATIANA VULETIN DUJISIN, aporta la suma de $30.321.717, equivalente al 0,5% de los derechos sociales, la cual se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto; (iii) MILIVOJE NENADOVICH VULETIN, aporta la suma de $1.516.085.871, equivalente al 25% de los derechos sociales, de los cuales la suma de $1.003.643.052 se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto, y la suma de $512.442.819 se suscribe y enterará a más tardar el 30 de diciembre de 2030, en dinero efectivo y/o bienes; (iv) MIHAILO NENADOVICH VULETIN, aporta la suma de $1.516.085.871, equivalente al 25% de los derechos sociales, de los cuales la suma de $1.003.643.052 se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto, y la suma de $512.442.819 se suscribe y enterará a más tardar el 30 de diciembre de 2030, en dinero efectivo y/o bienes; (v) ELISABETTA REGINA NENADOVICH VULETIN, aporta la suma de $1.516.085.871, equivalente al 25% de los derechos sociales, de los cuales la suma de $1.003.643.052 se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a este acto, y la suma de $512.442.819 se suscribe y enterará a más tardar el 30 de diciembre de 2030, en dinero efectivo y/o bienes; Administración y uso de la razón social: La representación y la administración de la Sociedad, y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios don Miguel Nenadovich del Río, doña Elizabeth Magdalena Tatiana Vuletin Dujisin, don Milivoje Nenadovich Vuletin, don Mihailo Nenadovich Vuletin y/o doña Elisabetta Nenadovich Vuletin, con las excepciones que se indican en la escritura; Duración: La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se prorrogará tácitamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término, mediante aviso dado por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periodo que estuviere en curso. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de enero de 2026.