MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola San Isidro Limitada

RUT 77055200-1 CVE 2774184
Capital
$17.485.284.353 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2025
Repertorio
9672-2025
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$17.485.284.353 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2025, Repertorio N° 9.672-2025, ante la notario suplente Rose Marie Muñoz Álvarez, comparecieron: a) LA COMUNIDAD HEREDITARIA DE DON CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ PUBILL integrada por doña MARÍA DEL PILAR GUTIÉRREZ MONTES, don FELIPE JOSÉ GUTIÉRREZ MONTES, doña JOSEFA GUTIÉRREZ MONTES, doña MARÍA DE LOS ÁNGELES GUTIÉRREZ MONTES, y, doña MARÍA PAZ GUTIÉRREZ MONTES; b) JORGE JUAN GUTIÉRREZ PUBILL; c) INVERSIONES 2070 LIMITADA; y, d) AGROFORESTAL E INVERSIONES TRÍPOLI LIMITADA, todos los anteriores domiciliados, para estos efectos, en calle Alonso de Córdova número 5151, oficina 1102, comuna de Las Condes, Santiago, quienes en calidad de únicos socios de la sociedad “AGRÍCOLA SAN ISIDRO LIMITADA”, inscrita a fojas 77 número 64 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rengo del año 1997 (la “Sociedad”) acordaron por unanimidad modificar la Sociedad en los siguientes términos: A. Constancia de fallecimiento de socio. Se deja constancia que con fecha 3 de mayo de 2024 falleció en la ciudad de Santiago el socio don Carlos Alberto Gutiérrez Pubill. Dicho fallecimiento se encuentra inscrito en el Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de Independencia, bajo el número 1.159 del año 2024. La posesión efectiva de la herencia quedada a su fallecimiento fue concedida por sentencia de fecha 15 de abril de 2024, dictada por el Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol V-257-2024, a favor de doña María del Pilar Gutiérrez Montes, don Felipe José Gutiérrez Montes, doña Josefa Gutiérrez Montes, doña María de los Ángeles Gutiérrez Montes y doña María Paz Gutiérrez Montes, quienes comparecieron al otorgamiento de la escritura en calidad de comunidad hereditaria, por no haberse practicado a la fecha la partición ni adjudicación de los derechos sociales del causante. Se deja constancia que, conforme a lo dispuesto en el artículo décimo de los estatutos sociales, la sociedad no se disuelve por el fallecimiento de un socio. B. Rectificación del Capital Social. Se rectifica la última modificación social, en que consta la transformación de Agrícola San Isidro Limitada, y que consta en escritura pública de fecha 25 de abril de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, en cuanto se había consignado erróneamente como íntegramente pagado el capital comprometido por el socio Agroforestal e Inversiones Trípoli Limitada, dejándose constancia que dicho aporte se encuentra pagado solo parcialmente, manteniéndose una suma pendiente de pago. C. Modificación de estatutos sociales. En consideración a los antecedentes y acuerdos anteriores, los socios acordaron por unanimidad, reemplazar íntegramente el Artículo Cuarto del capital por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. Capital. El capital social asciende a la suma de $17.485.284.353.-, el que se pagó y pagará por los socios, de la siguiente manera: Uno) La Comunidad Hereditaria de don Carlos Alberto Gutiérrez Pubill, aportó la suma de $8.070.781.- equivalentes al 0,046% del capital y derechos sociales de la Sociedad; Dos) Don Jorge Juan Gutiérrez Pubill aportó la suma de $8.070.781.- equivalentes al 0,046% del capital y derechos sociales de la Sociedad; Tres) La sociedad Agroforestal e Inversiones Trípoli Limitada comprometió el aporte de $17.077.006.709.- equivalentes al 97,665% del capital y derechos sociales de la Sociedad, del cual, la suma de $13.178.276.742.- se encuentra íntegramente pagada, y, la suma de $3.898.729.967.- se encuentra pendiente de pago; y, Cuatro) La sociedad Inversiones 2070 Limitada aportó la suma de $392.136.082.- equivalentes al 2,243% del capital y derechos sociales de la Sociedad.”. D. RETIRO DE SOCIOS Y DISMINUCIÓN DE CAPITAL. Con el acuerdo unánime de los socios, la Comunidad Hereditaria de don Carlos Alberto Gutiérrez Pubill y don Jorge Juan Gutiérrez Pubill se retiraron de la Sociedad, acordándose una disminución del capital social por la suma total de $16.141.562.-, monto que se pagará a los socios que se retiran en proporción a su haber social. En virtud de lo anterior, se disminuye el capital social de la suma de $17.485.284.353.- a la suma de $17.469.142.791.-. E. DISMINUCIÓN DE CAPITAL. Los socios remanentes, Agroforestal e Inversiones Trípoli Limitada e Inversiones 2070 Limitada, en su calidad de actuales y únicos socios de la Sociedad, acordaron una nueva disminución del capital social por la suma de $5.983.858.438.-, esto es de la suma de $17.469.142.791.- a la suma de $11.485.284.353.- pagándose esa disminución de capital a los socios Agroforestal e Inversiones Trípoli Limitada e Inversiones 2070 Limitada, en proporción a su participación en el interés social, en la forma y condiciones establecidas en la escritura extractada, los que no son materia de extracto. F. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Con motivo de las disminuciones de capital y el retiro de socios acordados, se acuerda unánimemente sustituir el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, sobre el capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. Capital. El capital social asciende a la suma de $11.485.284.353.-, el que se pagó y pagará por los socios, de la siguiente manera: Uno) La sociedad Agroforestal e Inversiones Trípoli Limitada comprometió el aporte de $11.227.470.077.- equivalentes al 97,755% del capital y derechos sociales de la Sociedad, del cual, la suma de $7.328.740.110.- se encuentra íntegramente pagada, y, la suma de $3.898.729.967.- se encuentra pendiente de pago; y, Dos) La sociedad Inversiones 2070 Limitada aportó la suma de $257.814.276.- equivalentes al 2,245% del capital y derechos sociales de la Sociedad.”. En todo lo no modificado expresamente por este instrumento, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2026.