SOLUCIONES TECNOLOGICAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de febrero de 2026
- Repertorio
- 553/2026
- Notario
- RONNIE OSVALDO MUÑOZ PEREZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto actuar como intermediaria, comisionista, mandataria y)o gestora entre personas naturales y)o jurídicas, nacionales o extranjeras, para la prestación, contratación, coordinación, promoción y comercialización de servicios y)o bienes, percibiendo por ello comisiones, honorarios, márgenes o retribuciones económicas. Asimismo, podrá recaudar, recibir, administrar, custodiar, procesar, distribuir y transferir pagos, fondos o valores por cuenta propia o de terceros, utilizando para ello medios de pago electrónicos, digitales, bancarios o plataformas tecnológicas, tales como tarjetas de débito o crédito, transferencias electrónicas, billeteras digitales, pasarelas de pago u otros mecanismos autorizados por la normativa vigente. La sociedad podrá emitir documentos tributarios, liquidaciones, comprobantes de pago y reportes asociados a dichas operaciones; subcontratar, coordinar o derivar proveedores; celebrar contratos de mandato, corretaje, intermediación, representación comercial o cualquier otro acto lícito relacionado con su
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Víctor Juvenal Alejandro Varas Arqueros | representante | 16703403-9 | — | — | |
| Héctor Omar Donaire Delgadillo | representante | 15312865-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRONNIE OSVALDO MUÑOZ PEREZ, abogado, Notario Público Suplente de la Cuarta Notaría de Antofagasta, con oficio en calle Almirante Juan José Latorre número dos mil cuatrocientos cuarenta y uno, comuna y Región de Antofagasta, Certifico que por escritura pública de fecha 11 de febrero del año 2026, repertorio N°553/2026, ante mí, comparecieron: /uno/ la SOCIEDAD SV LIMITADA, del giro de inversiones, RUT N°77.567.639-6, representada por don Víctor Juvenal Alejandro Varas Arqueros, CI N°16.703.403-9; y dos/ la sociedad INVERSIONES GANAR GANAR SpA, del giro de inversiones, RUT N°77.634.689-6, representada por don Héctor Omar Donaire Delgadillo, CI N°15.312.865-0, quienes constituyeron sociedad por acciones. NOMBRE. Se constituye una sociedad por acciones, bajo la denominación “SOLUCIONES TECNOLOGICAS SpA”, en adelante, la “Sociedad”, sin embargo, podrá actuar y obligarse válidamente frente a terceros, incluso ante los bancos, sociedades financieras, y de la misma forma que con la razón social, usando el nombre de fantasía de “ST SpA”. DOMICILIO. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. OBJETO SOCIAL. La sociedad tendrá por objeto actuar como intermediaria, comisionista, mandataria y/o gestora entre personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras, para la prestación, contratación, coordinación, promoción y comercialización de servicios y/o bienes, percibiendo por ello comisiones, honorarios, márgenes o retribuciones económicas. Asimismo, podrá recaudar, recibir, administrar, custodiar, procesar, distribuir y transferir pagos, fondos o valores por cuenta propia o de terceros, utilizando para ello medios de pago electrónicos, digitales, bancarios o plataformas tecnológicas, tales como tarjetas de débito o crédito, transferencias electrónicas, billeteras digitales, pasarelas de pago u otros mecanismos autorizados por la normativa vigente. La sociedad podrá emitir documentos tributarios, liquidaciones, comprobantes de pago y reportes asociados a dichas operaciones; subcontratar, coordinar o derivar proveedores; celebrar contratos de mandato, corretaje, intermediación, representación comercial o cualquier otro acto lícito relacionado con su giro. Además, podrá desarrollar, explotar, licenciar y administrar plataformas tecnológicas, software, aplicaciones, sistemas informáticos y soluciones digitales destinadas a la intermediación, gestión de pagos, control de transacciones y administración de clientes y proveedores. Finalmente, podrá realizar todos los actos y contratos civiles, comerciales, financieros y tecnológicos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto social, siempre que no estén prohibidos por la ley. CAPITAL. El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000, dividido en 1.000 acciones todas iguales y de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, el cual se aporte en dinero en efectivo, y en este acto. DURACIÓN. La duración de la Sociedad será de tiempo indefinido. Demas estipulaciones en escritura que extracto. Antofagasta, a 18 de febrero del año 2026. Ronnie Osvaldo Muñoz Pérez, Notario Público Suplente.