Instrumento
- Fecha
- 17 de febrero de 2026
- Repertorio
- 465-2026
- Notario
- JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
- Oficio
- Décimo Segunda Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $3.075 CLP
- Domicilio
- comuna de Concepción, Región del Biobío, Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) La venta, comercialización o compra de alimentos en todas sus formas y variantes; b) Entrega de servicios de gastronómicos, relacionados al funcionamiento de restaurant, taberna, bar, fuente de soda, cafetería, salón de té, heladería, en puntos de comercialización propios o ajenos; c) Importación, venta, distribución y explotación nacional e internacional de cervezas, licores y vinos, café en grano o industrializado, té en hojas o industrializado, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas energéticas, cigarrillos, tabaco y comidas, para ser consumidos en el mismo lugar o para llevar; d) Explotación de centros de recreación; e) La realización de todas las actividades conexas, análogas y)o complementarias de las anteriores, que el o los socios de común acuerdo determinen; f) La fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de comidas, panes, galletas, sándwiches, pizzas, pasteles, dulces, tortas y toda suerte de masas, dulces o saladas; g) La comercialización y distribución de otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, bebidas y licores, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena de establecimientos comerciales; h) La prestación de servicios de banquetería y la producción de toda clase de eventos; i) La prestación de servicios de comida preparada en forma industrial; j) Actividades de servicios sociales y otras actividades de servicios comunitarias, sociales y personales, tales como actividades artísticas, funciones de artistas, actores, músicos, conferencistas, y otras actividades de entretenimientos y consultoría; k) Servicios de producción de recitales y otros eventos musicales masivos; l) Agencia de ventas de billetes de teatro, sala de concierto y de teatro; m) Organización, realización y dirección de eventos culturales, recreativos, turísticos, shows y musicales en directo o envasado, nacional o internacional, organización y alquiler para realización de bailes y manifestaciones particulares, servicios de grabaciones en audio, video y audiovisuales. servicios de difusión de programas hablados, radiados y televisados; n) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden en el transcurso del pacto social;
Administración
La sociedad será administrada por un Gerente General que tendrá amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Abogado, Notario Público, titular de la Décimo Segunda Notaria de Concepción, con oficio en Avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifica: Que, por escritura Pública de fecha 17 de Febrero de 2026, repertorio 465- 2026, comparece: doña PATRICIA ANGÉLICA SOTO LEGUE, chilena, casada, dueña de casa, cédula de identidad número siete millones ciento ochenta y siete mil setecientos veintisiete guion dos, domiciliada para estos efectos en Ongolmo número cuarenta y dos, comuna de Concepción, Región del Biobío, y expone: Que se constituye Sociedad por Acciones con el nombre “NUEVA ESCENA SpA” pudiendo utilizar también como nombre de fantasía “AURA SpA”, ante cualquier institución pública o privada, e incluso ante los bancos y otras instituciones financieras; Domicilio: comuna de Concepción, Región del Biobío, Chile, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero; Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) La venta, comercialización o compra de alimentos en todas sus formas y variantes; b) Entrega de servicios de gastronómicos, relacionados al funcionamiento de restaurant, taberna, bar, fuente de soda, cafetería, salón de té, heladería, en puntos de comercialización propios o ajenos; c) Importación, venta, distribución y explotación nacional e internacional de cervezas, licores y vinos, café en grano o industrializado, té en hojas o industrializado, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas energéticas, cigarrillos, tabaco y comidas, para ser consumidos en el mismo lugar o para llevar; d) Explotación de centros de recreación; e) La realización de todas las actividades conexas, análogas y/o complementarias de las anteriores, que el o los socios de común acuerdo determinen; f) La fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de comidas, panes, galletas, sándwiches, pizzas, pasteles, dulces, tortas y toda suerte de masas, dulces o saladas; g) La comercialización y distribución de otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, bebidas y licores, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena de establecimientos comerciales; h) La prestación de servicios de banquetería y la producción de toda clase de eventos; i) La prestación de servicios de comida preparada en forma industrial; j) Actividades de servicios sociales y otras actividades de servicios comunitarias, sociales y personales, tales como actividades artísticas, funciones de artistas, actores, músicos, conferencistas, y otras actividades de entretenimientos y consultoría; k) Servicios de producción de recitales y otros eventos musicales masivos; l) Agencia de ventas de billetes de teatro, sala de concierto y de teatro; m) Organización, realización y dirección de eventos culturales, recreativos, turísticos, shows y musicales en directo o envasado, nacional o internacional, organización y alquiler para realización de bailes y manifestaciones particulares, servicios de grabaciones en audio, video y audiovisuales. servicios de difusión de programas hablados, radiados y televisados; n) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden en el transcurso del pacto social; Administración: La sociedad será administrada por un Gerente General que tendrá amplias facultades de administración. El Gerente General, será nombrado por la junta de accionistas por la mayoría absoluta de las acciones válidamente emitidas. En caso de existir sólo un accionista, éste podrá nombrarlo dejando Registro en un acta protocolizada ante notario, de la Junta de Accionistas o de la declaración unilateral en su caso, y otorgarle poder mediante mandato general otorgado por escritura pública. Asimismo, podrá asumir el cargo de Gerente General. Se nombra en este acto como primer Gerente General de la sociedad doña PATRICIA ANGÉLICA SOTO LEGUE, chilena, casada, dueña de casa, cédula de identidad número siete millones ciento ochenta y siete mil setecientos veintisiete guion dos, domiciliada en Ongolmo número cuarenta y dos, comuna de Concepción, Región del Biobío, quien tendrá todas las facultades de administración señaladas en este instrumento de constitución, pudiendo además asignarse la remuneración correspondiente a su cargo; Capital: La suma de $3.075.000 de pesos dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal. El constituyente ha suscrito y aportado de la siguiente forma: Don HÉCTOR SEGUNDO JERIA CLAVERO, enterando en dominio las siguientes propiedades: Doña PATRICIA ANGELICA SOTO LEGUE, entera el dominio de los siguientes bienes: uno) Notebook Macbook Pro, avaluado en QUINIENTOS MIL PESOS CHILENOS, conservación media; dos) Refrigerador Whirpool, avaluado en DOSCIENTOS MIL PESOS CHILENOS, conservación media; tres) Refrigerador Whirpool, avaluado en DOSCIENTOS MIL PESOS CHILENOS, conservación media; cuatro) Máquina ralladora de queso Montenegro, avaluada en DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS CHILENOS, conservación nueva; cinco) Veinticinco platos cuadrados, avaluados en conjunto por CIENTO CINCO MIL PESOS CHILENOS, conservación nueva; seis) Mesón inoxidable de noventa por sesenta centímetros, sin marca, avaluado en NOVENTA MIL PESOS CHILENOS, conservación usado; siete) Estufa de patio, sin marca, avaluada en DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS CHILENOS, conservación usada; ocho) Microondas Gurden, avaluado en SETENTA MIL PESOS CHILENOS, conservación usado; nueve) Congeladora de setenta litros Seul, avaluada en CIENTO TREINTA MIL PESOS CHILENOS, conservación usado; diez) Parlante caja activa Mekse, avaluado en TRESCIENTOS MIL PESOS CHILENOS, conservación usado; once) Parlante caja activa JBL, avaluado en CUATROCIENTOS QUINCE MIL PESOS CHILENOS, conservación usado; doce) Estufa eléctrica, sin marca, avaluada en CIENTO DIEZ MIL PESOS CHILENOS, conservación usada; trece) Calefactor Fensa, avaluado en SETENTA MIL PESOS CHILENOS, conservación usado; catorce) Calefactor de novecientos watts Candems, avaluado en CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL PESOS CHILENOS, conservación usado; quince) Hidro lavadora Lernen, avaluada en OCHENTA Y CINCO MIL PESOS CHILENOS, conservación usado; dieciséis) Esmeril angular siete pulgadas Makita, avaluado en CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS CHILENOS, conservación nuevo; Duración: La duración de la sociedad será indefinida, salvo que el o los accionistas que representen a lo menos dos tercios de las acciones de la sociedad y que se encuentren inscritos en el Registro de Accionistas manifestaran su voluntad de ponerle término de conformidad a lo dispuesto en el presente Estatuto referido en la materia. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 18 de febrero del año 2026.