CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MIUSKUS SpA

CVE 2773088
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de febrero de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de febrero de 2026
Repertorio
3229-2026
Notario
Abogado
Oficio
Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la adquisición, tenencia, administración y explotación de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, derechos sociales, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, con miras a la percepción de sus frutos civiles o naturales, pudiendo para el cumplimiento de su objeto participar en otras personas jurídicas con las más amplias facultades; b) la adquisición, explotación, construcción, urbanización, loteo y comercialización de bienes raíces, y de sus frutos y productos, ya sea por cuenta propia o ajena; c) adquirir, enajenar y explotar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otra forma de tenencia, toda clase de bienes corporales muebles e inmuebles; d) la prestación de servicios de asesoría o consultoría en materias inmobiliarias, gestión de negocios e inversiones; y e) en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen los

Administración

Administración y representación de la sociedad corresponderá a don Cristián Felipe Guardia Gallardo y a doña Carolina Andrea Jeria Rubio, actuando conjuntamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de febrero de 2026, repertorio N° 3.229-2026, ante mí, don CRISTIÁN FELIPE GUARDIA GALLARDO con doña CAROLINA ANDREA JERIA RUBIO, constituyeron una sociedad por acciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio: Nombre o Razón Social: “MIUSKUS SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la adquisición, tenencia, administración y explotación de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, derechos sociales, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, con miras a la percepción de sus frutos civiles o naturales, pudiendo para el cumplimiento de su objeto participar en otras personas jurídicas con las más amplias facultades; b) la adquisición, explotación, construcción, urbanización, loteo y comercialización de bienes raíces, y de sus frutos y productos, ya sea por cuenta propia o ajena; c) adquirir, enajenar y explotar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otra forma de tenencia, toda clase de bienes corporales muebles e inmuebles; d) la prestación de servicios de asesoría o consultoría en materias inmobiliarias, gestión de negocios e inversiones; y e) en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen los accionistas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente manera: i) don Cristián Felipe Guardia Gallardo suscribe en este acto 500 acciones por un valor de $500.000, quien paga en este acto al contado; ii) doña Carolina Andrea Jeria Rubio suscribe en este acto 500 acciones por un valor de $500.000, quien paga en este acto al contado. La totalidad de las acciones de la sociedad se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Domicilio: Ciudad de Santiago. Duración: Indefinida. Administración: Administración y representación de la sociedad corresponderá a don Cristián Felipe Guardia Gallardo y a doña Carolina Andrea Jeria Rubio, actuando conjuntamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 17 de febrero 2026.