Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2026
- Repertorio
- 8097-2026
- Notario
- PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES
- Oficio
- 38° Notaria De Santiago
- Comuna
- De Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero, en bienes, corporales e incorporales, inmuebles pudiendo adquirirlos, arrendarlos, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos, muebles, valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derechos cuotas o participaciones en cualquier clase de sociedades o asociaciones, start-ups y emprendimientos; el desarrollo de inversiones financieras de cualquier naturaleza; la prestación de servicios de asesoría y consultoría de negocios; y, en general, cualquier otro negocio lícito que los accionistas acuerden al efecto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la 38° Notaria De Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 12 de febrero de 2026, bajo el repertorio N° 8.097-2026, don PABLO ANDRÉS ETEROVIC FORNER, , constituyó una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables son las siguientes: Nombre: “MINTAKA VENTURES SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero, en bienes, corporales e incorporales, inmuebles pudiendo adquirirlos, arrendarlos, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos, muebles, valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derechos cuotas o participaciones en cualquier clase de sociedades o asociaciones, start-ups y emprendimientos; el desarrollo de inversiones financieras de cualquier naturaleza; la prestación de servicios de asesoría y consultoría de negocios; y, en general, cualquier otro negocio lícito que los accionistas acuerden al efecto. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Doy fe. Santiago, 16 de febrero de 2026.