INVERSIONES ORELLANA SALINAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de febrero de 2026
- Repertorio
- 1016-2026
- Notario
- Francisca Javiera Almendares Hoch
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $90.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisca Javiera Almendares Hoch, Notario Público de la Segunda Notaría de Vitacura, Suplente del Titular Luis Alberto Maldonado Concha, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea N°3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante el notario titular, don Luis Alberto Maldonado Concha, con fecha 2 de febrero del año 2026, Repertorio Nº 1016-2026, Luis Eugenio Orellana Segovia, cédula de identidad número 6.214.851-9 y Rosa Del Carmen Salinas Corral, cédula de identidad número 6.057.002-7, ambos domiciliados en calle Maipú número ciento veinticuatro, de la Comuna y Provincia de Los Andes, Región de Valparaíso, en calidad de únicos y actuales accionistas de INVERSIONES ORELLANA SALINAS SpA, Rol Único Tributario número 77.253.180-8, inscrita a fojas 188, número 153 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, correspondiente al año 2020 (la “Sociedad”), acordaron: (i) Aumentar el capital social de $90.000.000.- dividido en 90 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente pagadas, a la suma de $190.000.000.- dividido en 90 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas y sin valor nominal, mediante la capitalización de las reservas sociales provenientes de revalorizaciones legales existentes, sin la emisión de acciones liberadas de pago. (ii) Modificar el número de acciones en que actualmente se divide el capital de la Sociedad, estableciendo una relación de canje de 100 a 9, a partir de lo cual el capital de la Sociedad ascendente a $190.000.000.- queda representado por 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas y sin valor nominal, manteniéndose inalteradas las participaciones relativas de los accionistas, correspondiendo 600 acciones a don Luis Eugenio Orellana Segovia y 400 acciones a doña Rosa del Carmen Salinas Corral; (iii) Aumentar el capital social de $190.000.000.- divido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas y sin valor nominal, a la suma de $397.100.000.- divido en 2.090 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas y sin valor nominal. El aumento de capital antes indicado, ascendente a la cantidad de $207.100.000.- se efectúa mediante la emisión de 1.090 acciones de pago las que son ofrecidas a los actuales accionistas a un valor de mil noventa pesos por acción, a prorrata de su participación en el capital de la Sociedad y deberán ser pagadas en el plazo máximo de 3 años a contar de esta fecha. En razón de lo anterior, se sustituye el artículo quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO. Capital.- El capital de la sociedad asciende a la suma de trescientos noventa y siete millones cien mil pesos, dividido en dos mil noventa acciones ordinarias nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe, paga y pagará de conformidad al Artículo Primero Transitorio.” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital social establecido en el artículo quinto de estos estatutos, asciende a la cantidad de trescientos noventa y siete millones cien mil pesos, dividido en dos mil noventa acciones de una misma y única serie, nominativas y sin valor nominal que se suscribe, paga y pagará conforme al siguiente detalle: a) doña Rosa del Carmen Salinas Corral, es titular de mil trescientas cincuenta y ocho acciones, que equivalen al sesenta y cuatro coma noventa y ocho por ciento de las acciones en que se divide el capital de la Sociedad, conforme al siguiente detalle (i) cuatrocientas acciones, equivalentes a la suma de setenta y seis millones de pesos, de los cuales la suma de treinta y seis millones fueron íntegramente pagadas en el acto de constitución de la Sociedad y cuarenta millones de pesos que se encuentran íntegramente pagadas mediante la capitalización de parte de las reservas sociales con cargo al balance de la Sociedad al treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro; y (ii) novecientas cincuenta y ocho acciones, equivalentes a la suma de ciento ochenta y dos millones veinte mil pesos que serán pagadas en dinero en efectivo dentro del plazo máximo de tres años a contar del día dos febrero de dos mil veintiséis; y, b) don Luis Eugenio Orellana Segovia, es titular de setecientas treinta y dos acciones, que equivalen al treinta y cinco coma cero dos por ciento de las acciones en que se divide el capital de la Sociedad, que se encuentran íntegramente pagadas conforme el siguiente detalle: (i) seiscientas acciones, equivalentes a la suma de ciento catorce millones de pesos, de los cuales la suma de cincuenta y cuatro millones de pesos fueron íntegramente pagados mediante el aporte en dominio pleno del inmueble de calle Maipú número ciento veinticuatro, ciento veintiséis, ciento treinta y ciento treinta y dos, de la Comuna y Provincia de Los Andes, actualmente inscrito a nombre de la Compañía a fojas mil setecientos ochenta y tres número dos mil trescientos siete del Registro de Propiedad de Los Andes correspondiente al año dos mil veinte, Rol de Avalúo de la Comuna de Los Andes número ochenta y cuatro guion veintinueve; y sesenta millones de pesos que se encuentran íntegramente pagadas mediante la capitalización de parte de las reservas sociales con cargo al balance de la Sociedad al treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro; y (ii) ciento treinta y dos acciones equivalentes a la suma de veinticinco millones ochenta mil pesos que se pagan en este acto mediante el aporte en dominio pleno del inmueble de su propiedad, ubicado en República Argentina número seiscientos noventa y ocho, Centenario, de la comuna y provincia de Los Andes, cuyas medidas y deslindes de acuerdo a sus títulos son los siguientes: Al Norte, parte de la misma propiedad permutada a don Enrique Cortés, en dieciséis metros; Al Sur, calle Guayanas, en dieciséis metros; Al Oriente, Luis Molina, en dieciséis metros; y Al Poniente, Avenida Argentina, en dieciséis metros. Adquirió dicho inmueble por compra a doña Olga Elena Orellana Segovia, a don Jorge Porfirio Orellana Segovia y a doña María Teresa Orellana Segovia, según consta en escritura pública de compraventa de fecha siete de agosto de mil novecientos ochenta y seis, otorgada en la Notaría Pública de Los Andes de doña Marta Rivas Schulz. El título de dominio del inmueble a nombre del aportante se encuentra inscrito a fojas cuatrocientos cincuenta y nueve número seiscientos treinta y cuatro del registro de Propiedad de Los Andes correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis. Para efectos del impuesto territorial el número de Rol de avalúo corresponde a ciento dieciséis guion veinticinco, de la comuna de Los Andes.” Demás estipulaciones en escritura extractada y no son materia de extracto. Vitacura, 16 de febrero de 2026.