INVERSIONES GEMINIS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 74598-2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifica que, por escritura pública de fecha 22 diciembre de 2025, repertorio 74598-2025, ante mí, comparecen: Uno) doña Catalina Vives Vergara, con domicilio en calle El Golf de Manquehue 9755, casa 37, comuna de Lo Barnechea; y Dos) doña Alejandra Vives Vergara, con domicilio en calle Los navegantes número mil novecientas cuarenta comunas de Providencia, Región Metropolitana, quienes comparecen en calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES GEMINIS LIMITADA, rol único tributario, 96.637.780-1, que rola inscrita en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2007 a fojas 6.679 número 4.940. Se deja constancia que según acuerdo de liquidación y adjudicación parcial de comunidad hereditaria de fecha 5 de noviembre de 2025, las herederas, doña Catalina y Alejandra ambas “Vives Vergara”, de doña Ana María del Pilar Vergara Castagneto, titular del ochenta por ciento de los derechos sociales de la sociedad “Inversiones Geminis Limitada” acordaron adjudicarse el cuarenta por ciento de los derechos sociales de Inversiones Geminis Limitada cada una. Conforme a lo anterior, el capital estautario se encuentra distribuido entre las socias en las siguientes proporciones: a) a doña Catalina Vives Vergara le corresponde el cincuenta por ciento de participación; y b) a doña Alejandra Vives Vergara le corresponde el cincuenta por ciento de participación, las cuales acuerdan por el presente acto: uno) AUMENTO DE CAPITAL. Las socias comparecientes dejan constancia para todos los efectos legales que mediante acuerdo de liquidación y adjudicación parcial de comunidad hereditaria de fecha 5 de noviembre de 2025, las herederas, doña Catalina y Alejandra ambas “Vives Vergara”, de doña Ana María del Pilar Vergara Castagneto, titular del setenta por ciento de la sociedad “Vives y Vergara Limitada”, rol único tributario número 96.179.000-k, inscrita a fojas 6.977 número 3.564 del año 1985 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acordaron adjudicarse el treinta y cinco por ciento de los derechos sociales de Vives y Vergara Limitada cada una. Teniendo presente lo anterior, las socias vienen a aumentar el capital de Inversiones Géminis Limitada en la suma de doscientos doce millones novecientos diecinueve mil ochenta y cuatro pesos, que se entera y paga en este acto según se señala a continuación: a) mediante el aporte del cuarenta y dos coma cinco por ciento de los derechos sociales de que es titular doña Catalina Vives Vergara en la sociedad “Vives y Vergara Limitada”, los cuales son valorados de común acuerdo por las socias en la suma de ciento seis millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y dos pesos; b) mediante el aporte del cuarenta y dos coma cinco porciento de los derechos sociales de que es titular doña Alejandra Vives Vergara en la sociedad “Vives y Vergara Limitada”, los cuales son valorados de común acuerdo por las socias en la suma de ciento seis millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y dos pesos; DOS) MODIFICACION SOCIAL. Como consecuencia de lo anterior, las socias de Inversiones Géminis Limitada, ya individualizadas anteriormente, convienen a modificar el artículo quinto del estatuto social por el siguiente: “Artículo Quinto. Capital. El capital de la sociedad es la suma de doscientos trece millones novecientos diecinueve mil ochenta y cuatro pesos, ya aportados por los socios en las siguientes cantidades y porcentajes: a) Doña Alejandra Vives Vergara el cincuenta por ciento, esto es, la suma de ciento seis millones novecientos ciencuenta y nueve mil quinientos cuarenta y dos pesos; y b) Doña Catalina Vives Vergara el cincuenta por ciento, esto es, la suma de ciento seis millones novecientos ciencuenta y nueve mil quinientos cuarenta y dos. Las socias limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.” TRES) DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD. Como consecuencia del aumento de capital acordado anteriormente y teniendo presente que antes de que este fuera acordado, el capital social de “Vives y Vergara Limitada”, estaba distribuido de la siguiente forma: a) a doña Catalina Vives Vergara le corresponde el cuarenta y dos coma cinco por ciento de participación; b) a doña Alejandra Vives Vergara le corresponde el cuarenta y dos coma cinco por ciento de participación; y c) Inversiones Géminis Limitada le corresponde el quince por ciento de participación, es que por medio del aumento de capital de que da cuenta el presente instrumento, en virtud del cual el único y actual socio de “Vives y Vergara Limitada” es Inversiones Géminis Limitada se produce la disolución, para todos los efectos legales, de la sociedad Vives y Vergara Limitada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 17 de Febrero de 2026.