CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES LADERAS LIMITADA

RUT 4673951-5 CVE 2773360
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
13 de febrero de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2026
Repertorio
307/2026
Notario
JAIME TRUJILLO ESPINOZA
Domicilio
y Conservador de Minas SUPLENTE del titular

Sociedad

Capital
$600.000 CLP
Duración
tres años contados desde la fecha de la escritura, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo manifestación en contrario otorgada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas

Objeto social

la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la inversión en el mercado de capitales u otros instrumentos, bienes muebles e inmuebles; la participación en toda clase de sociedades y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Sebastián Salinas Valenzuela, con las más amplias facultades de administración y disposición señaladas en la escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAIME TRUJILLO ESPINOZA, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas SUPLENTE del titular, GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2026, Repertorio N° 307/2026, otorgada ante el Notario Titular don GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, don Sebastián Salinas Valenzuela, chileno, casado, empresario, cédula de identidad N° 4.673.951-5, domiciliado en Pasaje Chancal 233 B, Lomas de San Andrés, comuna de Concepción; doña Ilse Romina Mariette Salinas Escobar, chilena, casada y separada de bienes, periodista, cédula de identidad N° 13.724.375-K, domiciliada en Gaspar de Verdugo 1.462, Villa San Pedro, comuna de San Pedro de la Paz; y doña Claudia Alejandra Salinas Tapia, chilena, soltera, diseñadora industrial, cédula de identidad N° 12.050.947-0, domiciliada en calle O’Higgins 980, departamento 22, comuna de Chiguayante, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada cuya razón social es “INMOBILIARIA E INVERSIONES LADERAS LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “INVERSIONES LADERAS LIMITADA” y abreviar “Limitada” por “Ltda.” Su domicilio es la ciudad de Concepción, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros lugares del país. OBJETO: la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la inversión en el mercado de capitales u otros instrumentos, bienes muebles e inmuebles; la participación en toda clase de sociedades y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores. CAPITAL: $600.000.000 el que se aporta del siguiente modo: Don Sebastián Salinas Valenzuela el inmueble ubicado en calle Martínez de Rozas N° 961, comuna de Concepción, inscrito a fojas 6.913 vuelta N° 3.544 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 1991, valorizado de común acuerdo en $540.000.000.- Doña Ilse Romina Mariette Salinas Escobar aporta $30.000.000.-, enterando en este acto $500.000.- en dinero efectivo y obligándose a pagar el saldo dentro de dos años. Doña Claudia Alejandra Salinas Tapia aporta $30.000.000.-, enterando en este acto $500.000.- en dinero efectivo y obligándose a pagar el saldo dentro de dos años. ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Sebastián Salinas Valenzuela, con las más amplias facultades de administración y disposición señaladas en la escritura. DURACIÓN: tres años contados desde la fecha de la escritura, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo manifestación en contrario otorgada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Talcahuano, 17 de febrero de 2026.