CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GM Services Holdings SpA

CVE 2773326
Fecha instrumento
27 de enero de 2026
Notaría
De Santiago

Instrumento

Fecha
27 de enero de 2026
Notario
PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES
Oficio
38° Notaria De Santiago
Comuna
De Santiago

Objeto social

a) el estudio, asesoría, capacitación, ejecución y prestación de servicios de ingeniería, construcción, asesoría, desarrollo, financiamiento, diseño, suministro, puesta en marcha, pruebas, operación y mantenimiento de una o más centrales para la generación de energía eléctrica, y sus expansiones, de haberlas (en adelante las “Centrales”); b) la celebración de los contratos de servicios de ingeniería, diseño, suministro de materiales, financiamiento, coordinación, operación y mantención, adquisición de toda clase de insumos y, en general la realización o celebración de toda clase de actos o contratos necesarios o convenientes para los fines de la Sociedad; c) la compra, importación, adquisición y suministro de todos los productos, mercancías y componentes necesarios para las operaciones de las Centrales; d) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, sean nacionales o extranjeras, sean éstas o no de su misma especie o giro, participando en calidad de socia o administradora de dichas entidades; e) la coordinación y gestión de plantas en calidad de “coordinados” ante el Coordinador Eléctrico Nacional, incluyendo servicios de tele-operación de centrales, seguimiento de performance operacional, optimización de despacho y gestión integral de operación en tiempo real; y f) la realización de cualquier otra actividad accesoria, anexa o complementaria a las señaladas en las letras anteriores, sin limitación alguna, para el desarrollo de su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la 38° Notaria De Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifica: que por escritura pública de fecha 27 de enero de 2026, otorgada ante la titular, Maria Soledad Lascar Merino, bajo el repertorio número 4.442-2026, EDF Chile SpA y Biobío Genera SpA constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “GM Services Holdings SpA”. Accionistas: EDF Chile SpA y Biobío Genera SpA. Objeto: a) el estudio, asesoría, capacitación, ejecución y prestación de servicios de ingeniería, construcción, asesoría, desarrollo, financiamiento, diseño, suministro, puesta en marcha, pruebas, operación y mantenimiento de una o más centrales para la generación de energía eléctrica, y sus expansiones, de haberlas (en adelante las “Centrales”); b) la celebración de los contratos de servicios de ingeniería, diseño, suministro de materiales, financiamiento, coordinación, operación y mantención, adquisición de toda clase de insumos y, en general la realización o celebración de toda clase de actos o contratos necesarios o convenientes para los fines de la Sociedad; c) la compra, importación, adquisición y suministro de todos los productos, mercancías y componentes necesarios para las operaciones de las Centrales; d) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, sean nacionales o extranjeras, sean éstas o no de su misma especie o giro, participando en calidad de socia o administradora de dichas entidades; e) la coordinación y gestión de plantas en calidad de “coordinados” ante el Coordinador Eléctrico Nacional, incluyendo servicios de tele-operación de centrales, seguimiento de performance operacional, optimización de despacho y gestión integral de operación en tiempo real; y f) la realización de cualquier otra actividad accesoria, anexa o complementaria a las señaladas en las letras anteriores, sin limitación alguna, para el desarrollo de su objeto social. Capital: 8.226,88 dólares de los Estados Unidos de América y se encuentra dividido en 4.000 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal, que son suscritas y pagadas por los accionistas en el acto de constitución de la sociedad, en especie, en los términos establecidos en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2026.