CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Delfi SpA

RUT 78093825-0 CVE 2772878
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de febrero de 2026

Instrumento

Fecha
12 de febrero de 2026
Notario
JUAN CRISTIÁN BERRÍOS CASTRO
Oficio
Titular de la 8ª Notaría de Santiago de don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago

Objeto social

La duración de la Sociedad es indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CRISTIÁN BERRÍOS CASTRO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 8ª Notaría de Santiago de don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, con oficio en Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 12/02/2026, repertorio número 3644/2026, ante mí: PROKOPIOS CAPITAL SpA, sociedad constituida conforme a las leyes de la República de Chile, del giro inversiones, Rol Único Tributario N° 78.093.825-0, debidamente representada por don Julian Valentin Deutschle, alemán, casado, ingeniero en administración de empresas, cédula de identidad para extranjeros número 24.677.121-9, ambos domiciliados para estos efectos en calle Río Guadiana 8745, departamento 702, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y 96Codes SpA, sociedad constituida conforme a las leyes de la República de Chile, del giro actividaes de consultoría informática y de gestión de instalaciones informáticas, Rol Único Tributario N° 78.333.685-5, debidamente representada por don Benjamín José Silva Herrera, chileno, casado, ingeniero de computación, cédula de identidad número 16.368.185- 4, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida el Parque José Miguel Carrera 1292, Casa 11, comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; constituyeron una sociedad por acciones (la “Sociedad”) cuyos estatutos son los siguientes. Nombre: Delfi SpA, pudiendo usar, además, como nombre de fantasía Delfi. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer oficinas, agencias, establecimientos o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /uno/ la prestación del servicio de plataforma de financiamiento colectivo, esto es, la puesta a disposición de un lugar físico o virtual por medio del cual quienes tienen proyectos de inversión o necesidades de financiamiento difunden, comunican, ofertan o promocionan esos proyectos o necesidades, o las características de éstos, y se contactan u obtienen información de contacto de quienes cuentan con recursos disponibles o la intención de participar en esos proyectos o necesidades o satisfacerlos; a fin de facilitar la materialización de la operación de financiamiento, en conformidad con la normativa aplicable, y en particular la Ley Número 21.521, Ley Fintec; /dos/ la prestación del servicio de sistema alternativo de transacción, esto es, la puesta a disposición de un lugar físico o virtual que permite a sus participantes cotizar, ofrecer o transar instrumentos financieros o valores de oferta pública, en conformidad con la normativa aplicable, y en particular la Ley Número 21.521, Ley Fintec; /tres/ la prestación del servicio de custodia de instrumentos financieros, esto es, mantener a nombre propio por cuenta de terceros, o a nombre de éstos, instrumentos financieros, dinero o divisas que provengan de los flujos o de la enajenación de instrumentos financieros mantenidos en custodia, o que hayan sido entregados por éstos para la adquisición de instrumentos financieros o para garantizar las operaciones con esos instrumentos, en conformidad con la normativa aplicable, y en particular la Ley Número 21.521, Ley Fintec; y /cuatro/ la realización de todas las demás actividades y operaciones que se consideren como inherentes a los giros indicados en los numerales /uno/, /dos/ y /tres/ anteriores, además de aquellas complementarias que autorice la Comisión para el Mercado Financiero. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas en el acto de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de febrero de 2026.