Comercial Santo Domingo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2026
- Repertorio
- 229-2026
- Comuna
- La Serena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO ANDRES OÑATE MIRANDA, abogado, Notario Interino de la Cuarta Notaría de La Serena, según Decreto Económico número ciento cincuenta y dos guion dos mil veinticinco, del Primer Juzgado de Letras de La Serena, designado por Resolución de fecha veintitrés de Septiembre de dos mil veinticinco, de la Presidencia del Ilustrísimo Tribunal, protocolizado al final de este Registro con fecha veintinueve de Septiembre del año dos mil veinticinco, bajo el número cuatro mil quinientos veintiséis guion dos mil veinticinco, con oficio en Avenida el Santo, número mil doscientos cuarenta, local uno, Edificio Soho, La Serena, certifico: por escritura pública de fecha 19 DE ENERO DE 2026, otorgada ante mí, repertorio 229-2026.-; doña MARÍA SYLVIA BARRIENTOS POBLETE, domiciliada en calle Juan Cisternas N° 2000, depto. 44, La Serena; don JAVIER EDUARDO CRUZ BARRIENTOS, domiciliado en Avenida El Milagro N° 3276, La Serena; don ANDRÉS GUSTAVO CRUZ BARRIENTOS, domiciliado en Avenida Cuatro Esquinas N° 4500, casa 74, La Serena; y don HÉCTOR ALBERTO CRUZ BARRIENTOS, domiciliado en calle Juan Cisternas N° 2000, depto. 44, La Serena; modificaron la sociedad “COMERCIAL SANTO DOMINGO LIMITADA”, nombre de fantasía “COMERCIAL SANTO DOMINGO LTDA.”, constituida por escritura de 11 de enero de 2000, Notario de La Serena doña Elena Leyton Carvajal, inscrita a fojas 27 N° 23 del Registro de Comercio de La Serena, año 2000, y publicada en extracto en el Notario de La Serena don Oscar Fernández Mora, y de 8 de enero de 2016, Notario de La Serena doña Elena Leyton Carvajal; y por última modificación de 16 de noviembre de 2022, Notario de La Serena don Rubén Reinoso Herrera. La modificación consta, en lo principal, en el siguiente sentido: a) Con motivo del fallecimiento del socio don Héctor Guillermo Cruz Ojeda, y en virtud de las adjudicaciones efectuadas respecto de sus derechos sociales, quedan como únicos socios y con los derechos que se indican: doña María Sylvia Barrientos Poblete, con 23,5% de derechos sociales; y don Héctor Alberto Cruz Barrientos, don Javier Eduardo Cruz Barrientos y don Andrés Gustavo Cruz Barrientos, cada uno con 25,5% de derechos sociales. b) Se modifica el artículo noveno del pacto social, estableciéndose que la administración y uso de la razón social corresponderá a los socios Héctor Alberto, Javier Eduardo y Andrés Gustavo Cruz Barrientos, quienes actuarán conjunta o indistintamente, anteponiendo a su firma la razón social. c) Se modifica el artículo décimo segundo, estableciendo que, en caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un mandatario común, manteniéndose la administración en el o los socios administradores sobrevivientes. En lo no modificado, continúan vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. La Serena, 10 de febrero de 2026.