MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BECO, SERVICIOS & ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA

RUT 77712524-9 CVE 2772822
Fecha instrumento
3 de febrero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de febrero de 2026
Repertorio
1504-/2026
Notario
JORGE LOBOS DÍAZ
Domicilio
don Cosme Fernando Gomila Gatica
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DÍAZ, Abogado, Notario Público Suplente de don Cosme Fernando Gomila Gatica, Notario Público Titular de la 4ª Notaría Santiago, con oficio en calle Carmencita N° 20, comuna de Las Condes, Certifico: Que por escritura pública de fecha 03 de febrero del año 2026, Repertorio N° 1.504.-/2026, otorgada ante mí; señores Nicolás Fernando Cortés Molina, Vicente Belgeri Rojas, Emilio Ignacio Plana Venegas, todos domiciliados en Nevería n° 4.631, Oficina n° 401, Las Condes, Región Metropolitana y Jorge Andrés Maldonado Campos domiciliado en Pontevedra n° 1.121, Las Condes, Región Metropolitana, modifican sociedad “BECO, SERVICIOS & ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA”, constituida el 20 de enero de 2023, ante Notario María Soledad Lascar Merino, inscrita a Fs. 10.256, nº 5.075, Registro Comercio C.B.R. Santiago año 2023 y modificada el 4 de enero de 2024, ante Notario María Soledad Lascar Merino, cuyo extracto rola inscrito a Fs. 7.056, n° 2.936; Registro Comercio C.B.R. Santiago año 2024. La sociedad no ha sufrido más modificaciones. En este acto, se modifica pacto social de la siguiente forma: 1) Nicolás Fernando Cortés Molina, dueño de un 45% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 42% de los derechos sociales a Emilio Ignacio Plana Venegas, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos, equivalentes a un 42% del total de derechos en la sociedad. Precio cesión: $12.138.000.- que cesionario paga al cedente en este acto, al contado. 2) Nicolás Fernando Cortés Molina, dueño de un 45% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 3% de los derechos sociales a Jorge Andrés Maldonado Campos, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos, equivalentes a un 3% del total de derechos en la sociedad. Precio cesión: $867.000.- que cesionario paga al cedente en este acto, al contado. 3) Vicente Belgeri Rojas, dueño de un 35% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 2% de los derechos sociales a Jorge Andrés Maldonado Camos, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos, equivalentes a un 2% del total de derechos en la sociedad. Precio cesión: $578.000.- que cesionario paga al cedente en este acto al contado. Luego de la cesión de derechos sociales, los únicos, exclusivos y actuales socios de la sociedad BECO, SERVICIOS & ASESORÍAS PROFESIONALES LIMITADA son Emilio Ignacio Plana Venegas con un 62% de derechos sociales; Vicente Belgeri Rojas con un 33% de derechos sociales y Jorge Andrés Maldonado Campos con un 5% de derechos sociales. Por lo anterior, modifican el Artículo Quinto del Título Segundo del estatuto social reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de treinta y tres millones de pesos que los socios aportan y pagan en la siguiente forma y proporción: a) don Emilio Ignacio Plana Venegas aporta la cantidad de veinte millones cuatrocientos sesenta mil pesos equivalentes al sesenta y dos por ciento de los derechos sociales ya ingresados a caja social; b) don Vicente Belgeri Rojas aporta la cantidad de diez millones ochocientos noventa mil pesos equivalentes al treinta y tres por ciento de los derechos sociales ya ingresados a caja social; y c) don Jorge Andrés Maldonado Campos aporta la cantidad de un millón seiscientos cincuenta mil pesos equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales ya ingresados a caja social”. Modifican, a su vez, el pacto social en los siguientes términos: A) Se modifica el Artículo Séptimo del Título Tercero del estatuto social en el sentido de que “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Emilio Ignacio Plana Venegas y a don Vicente Belgeri Rojas, actuando cualquiera de ellos indistintamente, quienes la ejercerán anteponiendo su firma a la razón social, con las más amplias facultades, señaladas en escritura extractada, de administración y disposición de bienes y sin limitación de ninguna especie”. B) Se modifican asimismo el Artículo Octavo del Título Tercero y el Artículo Décimo del Título Quinto del estatuto conforme consta en escritura extractada. En lo no modificado se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo y modificación posterior, manteniéndose la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus aportes. Demás Estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 09 de febrero del año 2026.- Jorge Lobos Díaz. Notario Suplente. AVB.