CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS MATFE LIMITADA

CVE 2772900
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago MARIA SOLEDAD
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2025
Repertorio
73054-2025
Notario
entidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guión cinco
Oficio
Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Comuna
Santiago MARIA SOLEDAD

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
Veinte años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales y asesorías técnicas en las áreas de finanzas, gestión comercial y administración de negocios. Dichas prestaciones comprenderán, de manera enunciativa y no taxativa: el análisis y planificación financiera; la consultoría en estrategia comercial y operativa; la asesoría en evaluación de proyectos de inversión desde una perspectiva técnica y económica; y la consultoría en gestión de procesos empresariales. Los servicios profesionales serán prestados directamente por intermedio de sus socios, con la colaboración de los dependientes o asociados que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales propios del

Administración

La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña FRANCISCA SOFÍA DE URRUTICOECHEA BESA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guión cinco, Notario Público, Suplente de la Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 22 de diciembre del año 2025, Repertorio N°73054-2025, ante doña María Soledad Lascar, Notario Público de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna Las Condes, doña FRANCISCA SOFÍA DE URRUTICOECHEA BESA, domiciliada en Camino San Francisco de Asís número ochocientos ochenta y ocho, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don CARLOS VICENTE DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, domiciliado en calle Camino del Colibrí número siete mil ochocientos cincuenta y siete, sitio sesenta y siete, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Nombre: “ASESORÍAS MATFE LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “ASESORÍAS MATFE LTDA.” Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales y asesorías técnicas en las áreas de finanzas, gestión comercial y administración de negocios. Dichas prestaciones comprenderán, de manera enunciativa y no taxativa: el análisis y planificación financiera; la consultoría en estrategia comercial y operativa; la asesoría en evaluación de proyectos de inversión desde una perspectiva técnica y económica; y la consultoría en gestión de procesos empresariales. Los servicios profesionales serán prestados directamente por intermedio de sus socios, con la colaboración de los dependientes o asociados que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales propios del giro. La sociedad no podrá realizar actividades de carácter comercial, industrial, extractiva, de intermediación, ni ninguna otra actividad comprendida en los números uno, tres y cuatro del artículo veinte de la Ley sobre Impuesto a la Renta, limitándose estrictamente al ejercicio de las profesiones de sus socios y a la prestación de servicios profesionales de segunda categoría. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Veinte años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, que se distribuye entre los socios de la siguiente forma: a) doña FRANCISCA SOFÍA DE URRUTICOECHEA BESA, con la suma de $990.000, equivalente al 99% de los derechos sociales, que deberá enterar dentro del plazo de tres años contados desde la fecha del presente instrumento en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre la fecha de la escritura extractada y la de pago efectivo del aporte; y b) don CARLOS VICENTE DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $10.000, equivalente al 1% de los derechos sociales, que deberá enterar dentro del plazo de tres años contados desde la fecha del presente instrumento en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre la fecha de la escritura extractada y la de pago efectivo del aporte. Administración: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña FRANCISCA SOFÍA DE URRUTICOECHEA BESA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago 16 de febrero de 2026. AUTORIZO DE CONFORMIDAD AL ART. 402 C.O.T