MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Aprile Chile S.A.

RUT 99506220-8 CVE 2773280
Capital
$1.973.139.481 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2025
Repertorio
16736/2025
Notario
MARCELO ANDRES DONOSO ARAYA
Oficio
Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.973.139.481 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELO ANDRES DONOSO ARAYA, abogado, Notario Público Suplente de la Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, doña Patricia Valentina Manríquez Huerta, con domicilio en Avenida Apoquindo 3076, piso 6, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2025, repertorio N°16.736/2025, otorgada ante la notario titular, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Aprile Chile S.A., inscrita a fojas 31.134 número 25.258 del Registro de Comercio de Santiago de 2002, que se celebró ante mí, el día 23 de diciembre de 2025, en Apoquindo Nº3076, piso 6, Las Condes, con la asistencia de los accionistas SAVINO DEL BENE LUXEMBOURG S.A., con 28.510 acciones y APRILE USA INC, con 1 acciones, que corresponden al 100% de las que, a esta fecha, se han suscrito por parte de los accionistas, todas las cuales tienen derecho a participar y votar en la Junta, se acordó: (1) Aumentar el capital social en la suma de $1.973.139.481, mediante la emisión de 168.703 acciones nominativas y sin valor nominal. El actual capital de la sociedad pasa desde la suma de $333.463.500, dividido en 28.511 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $2.306.602.981 dividido en 197.214 acciones, nominativas y sin valor nominal, de una misma serie. Acuerdan expresamente que el aumento de capital se realizará mediante la capitalización de las Cuentas por Pagar. Se deja constancia que los accionistas SAVINO DEL BENE LUXEMBOURG S.A. y APRILE USA INC, ambas debidamente representadas, renuncian, expresamente, a su derecho de suscripción preferente de las acciones de pago emitidas con ocasión del presente aumento de capital, por lo que acciones de pago pueden ser ofrecidas directamente a los acreedores de las Cuentas por Pagar por la administración de la Sociedad; (2) En virtud de lo anterior, los accionistas acuerdan: a) reemplazar la cláusula quinta de los estatutos, por la siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $2.306.602.981 dividido en 197.214 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto que se suscriben, enteran y pagan en la forma que se indica en los artículos transitorios. Las acciones de la Sociedad se emitirán sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.”; y b) reemplazar el artículo primero transitorio de los estatutos, por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad alcanza la suma de $2.306.602.981 que se divide en 197.214 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, el que se encuentra parcialmente suscrito y pagado, de la siguiente manera: a) SAVINO DEL BENE LUXEMBOURG S.A., suscribió 28.500 acciones pagadas con anterioridad a este acto, y; b) APRILE USA INC, suscribió 1 acciones pagadas con anterioridad a este acto. De este modo, que dan pendiente de suscripción y pago 168.703 acciones, por la suma de $1.973.139.481, que debe ser pagado en el plazo de seis meses.”. CERTIFICADO NOTARIAL. La Notario que suscribe certifica: 1º Haber estado presente la Junta Extraordinaria de Accionistas de APRILE CHILE S.A., la que se celebró en el día, hora y lugar que se indica en el acta precedente. 2º Que se encontraban presentes en la Junta las personas que indica el Acta. 3º Que asistieron a la Junta accionistas que representan 100% de las acciones en que se divide el capital social, por lo que se omitieron los trámites estatutarios y legales de convocatoria a Junta Extraordinaria. 4º Que las proposiciones hechas a la Junta fueron íntegramente leídas, puestas en discusión y aprobadas por la unanimidad de los asistentes. 5º Que el Acta precedente es expresión fiel de lo ocurrido y acordado en la Junta. SANTIAGO, 17 de febrero de 2026. Marcelo Andrés Donoso Araya. Notario Público Suplente.-