MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA GUERRERO MARTIN LIMITADA

RUT 76899368-8 CVE 2772865
Capital
$4.000 CLP
Fecha instrumento
27 de enero de 2026
Notaría
Titular de la primera notaria de Vitacura
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de enero de 2026
Repertorio
272-2026
Comuna
Titular de la primera notaria de Vitacura

Sociedad

Capital
$4.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
Cinco años contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años

Objeto social

a) La explotación agrícola en todas sus formas, ya sea en predios propios o ajenos, además del envasado, comercialización y distribución de los productos provenientes de ellos, en especial y sin ser excluyente, la siembra y venta de fruta, verduras y hortalizas; la elaboración, producción y comercialización de alimentos y derivados frutales y vegetales; la prestación de servicios de packing y cosecha de fruta, verduras y hortalizas, bodegaje, frigorífico y transporte de carga; el desarrollo de proyectos agrícolas en general; la exportación y comercialización de productos y subproductos agrícolas; El arriendo y subarriendo de todo tipo maquinaria agropecuaria; b) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, consignación, acopio, importación, exportación, transportes y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y)o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y)o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábricas, diseños y modelos industriales; y c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o

Administración

El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. Concurrir a la formación y)o particular en toda clases de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general; d) Arriendo y sub-arriendo de mobiliario y de locales adecuados al objeto social, ya sea por cuenta propia y)o ajena; y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y cualquiera otra actividad o negocio relacionado con el giro social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MONICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la primera notaria de Vitacura, con oficio en Avenida Vitacura 6.844 local - 1. Vitacura, ante mi, certifico que, por escritura pública de fecha 27 de enero de 2026, repertorio Nº 272-2026, ante mí, comparecen: don GONZALO JAVIER GUERRERO CASTEX, domiciliado en Martin Alonso Pinzón número 6600, Las Condes, por sí y en rep. de don PABLO CESAR GUERRERO MARTIN, domiciliado en Sol y Mar número 71, Tome; don GONZALO ANDRES GUERRERO MARTIN, domiciliado en Parcela dieciséis, comuna de Chimbarongo y don GABRIEL LUIS GUERRERO MARTIN, domiciliado en Parcela 16, Chimbarongo, modificaron “AGRICOLA GUERRERO MARTIN LIMITADA”, Rut N°76.899.368-8, con un capital de $4.000.000, constituida por escritura de 28 de junio de 2018, ante el Notario público de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, extracto inscrito en fojas 49.561, número 25.697 del año 2018 Registro Comercio de Santiago.- Por el presente instrumento, don GONZALO JAVIER GUERRERO CASTEX, con el 88% de los derechos de participación social; PABLO CESAR GUERRERO MARTIN, con el 4% de los derechos de participación social; GONZALO ANDRES GUERRERO MARTIN con el 4% de los derechos de participación social y GABRIEL LUIS GUERRERO MARTIN, con el 4% de los derechos de participación social, Cesión: Por el presente instrumento, a) don Pablo Cesar Guerrero Martin, dueño del 4% del total de los derechos sociales, venden, ceden y transfieren el total de sus derechos a don Gonzalo Javier Guerrero Castex, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma total de $160.000, monto que pago al cedente mediante transferencias bancarias, declarando éstos recibir dicha suma a su total conformidad. b) don Gabriel Luis Guerrero Martin, dueño del 4% del total de los derechos sociales, venden, ceden y transfieren el total de sus derechos a don Gonzalo Javier Guerrero Castex, quien los compra, acepta y adquiere para sí y en la suma total de $160.000, monto que pago al cedente mediante transferencias bancarias, declarando éstos recibir dicha suma a su total conformidad. Con motivo de las cesiones que anteceden, don Gonzalo Javier Guerrero Castex con el 96% de los derechos de participación social; y don Gonzalo Andres Guerrero Martin con el 4% de los derechos de participación social vienen en transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones: Razón social: “AGRICOLA GUERRERO MARTIN SpA”, nombre de fantasía “AGM SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de oficinas comerciales a establecer dentro o fuera del país.- Objeto: a) La explotación agrícola en todas sus formas, ya sea en predios propios o ajenos, además del envasado, comercialización y distribución de los productos provenientes de ellos, en especial y sin ser excluyente, la siembra y venta de fruta, verduras y hortalizas; la elaboración, producción y comercialización de alimentos y derivados frutales y vegetales; la prestación de servicios de packing y cosecha de fruta, verduras y hortalizas, bodegaje, frigorífico y transporte de carga; el desarrollo de proyectos agrícolas en general; la exportación y comercialización de productos y subproductos agrícolas; El arriendo y subarriendo de todo tipo maquinaria agropecuaria; b) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, consignación, acopio, importación, exportación, transportes y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábricas, diseños y modelos industriales; y c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. Concurrir a la formación y/o particular en toda clases de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general; d) Arriendo y sub-arriendo de mobiliario y de locales adecuados al objeto social, ya sea por cuenta propia y/o ajena; y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y cualquiera otra actividad o negocio relacionado con el giro social..- Capital: $4.000.000 divididos en 4.000 acciones de única serie y sin valor nominal, de la siguiente forma: GONZALO JAVIER GUERRERO CASTEX suscribió y pagó según contabilidad 3840 acciones, en la suma de $3.840.000, equivalente al 96% del capital social; GONZALO ANDRES GUERRERO MARTIN, suscribió y pagó según contabilidad 160 acciones, en la suma de $160.000, equivalente al 4% del capital social. Administración, representación y uso razón social: corresponderá a don GONZALO JAVIER GUERRERO CASTEX y a doña GALIA TATIANA CARMEN MARTIN BARROS, quienes actuando indistintamente e individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y tendrá la más amplia facultad de administración y disposición. Duración: Cinco años contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 17 de febrero 2026.