MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA E INVERSIONES RUMACO LIMITADA

RUT 78210258-3 CVE 2772995
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de diciembre de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
24 de diciembre de 2025
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
1° Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público, Titular de la 1° Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales, N°5.841, Región Metropolitana, por escritura pública de 24 de diciembre de 2025, repertorio número 75.038-2025, ante mi: Uno) MANUEL JOSÉ BARROS VILLASANTE, cédula nacional de identidad N° 18.391.436-7; Dos) JORGE LADISLAO BARROS VILLASANTE, cédula nacional de identidad N° 19.079.808-9; Tres) XIMENA VILLASANTE ARAVENA, cédula nacional de identidad N° 7.052.319-1; Cuatro) SAMUEL JOAQUIN BARROS VILLASANTE, cédula nacional de identidad N° 20.445.275-K; y, Cinco) XIMENA DEL PILAR BARROS VILLASANTE, cédula nacional de identidad N° 19.637.115-K, todos domiciliados en calle Camino El Oliveto N°174, comuna de Talagante, Región Metropolitana, quienes, en su calidad de únicos socios, acordaron la modificación de la sociedad “AGRÍCOLA E INVERSIONES RUMACO LIMITADA”, RUT N° 78.210.258-3, inscrita a fojas 101.619, número 37.966 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025 (en adelante, la “Sociedad”), en el sentido de reflejar la modificación de sus socios por cesión de derechos sociales que Ximena Villasante Aravena, vende, cede y transfiere a Ximena del Pilar Barros Villasante la totalidad de su participación en “Agrícola e Inversiones Rumaco Limitada”. De esta manera, los comparecientes vienen en modificar el estatuto de “Agrícola e Inversiones Rumaco Limitada” sustituyendo el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de un $1.000.000, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente manera: a) Manuel José Barros Villasante, la suma de $250.000, equivalentes al 25% del total del interés social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción; b) Jorge Ladislao Barros Villasante, la suma de $250.000, equivalentes al 25% del total del interés social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción; c) Ximena Del Pilar Barros Villasante, la suma de $250.000, equivalentes al 25% del total del interés social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción; y, d) Samuel Joaquín Barros Villasante, la suma de $250.000, equivalentes al 25% del total del interés social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibirlo a su entera satisfacción”. Demas estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 9 de febrero de 2026.