LEFNO LEFNO Y COMPAÑÍA SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2025
- Notario
- GINO IGNACIO MENCARINI SOLERVICENS
- Domicilio
- comuna de Mariquina
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGINO IGNACIO MENCARINI SOLERVICENS, Abogado, Notario Público Titular de la comuna de Mariquina, con dirección en calle Padre Plácido 1040, de San José de la Mariquina, certifico que: Por escritura pública de fecha 30/12/2025 anotada bajo el Rep. N° 2071-2025, ante mí, don JAIME ALEX LEFNO PARRA, chileno, divorciado, Mecánico, cédula de identidad número catorce millones cuatrocientos sesenta y dos mil novecientos cuarenta y nueve guion tres, y don LEANDRO ANDRES LEFNO HUENCHUMILLA, chileno, soltero, mecánico, cédula de identidad número dieciocho millones novecientos cincuenta y ocho mil doscientos sesenta y dos guion cinco, ambos con domicilio en Sector Vega Larga Ciruelo Lote dos B guion dos, sin número, comuna de Mariquina, Región de los Ríos, mayores de edad, quienes acreditaron sus identidades con las cédulas citadas, modificaron y complementaron la sociedad “LEFNO LEFNO Y COMPAÑÍA SpA” O “HIDRA.FLEX SpA”, RUT N° 77.454.566-2, cuyo extracto fue inscrito a fojas 15v, número 16, del Registro de Comercio de Mariquina, del año 2021, publicada en el diario oficial de la República de Chile con fecha 23 de septiembre del año 2021, en el siguiente sentido: Modificación: a).- El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Valdivia, comuna de Mariquina, Región de Los Ríos.-b) complementación: Se complementan las facultades del Administrador con las siguientes:Contratar, cerrar o abrir cuentas corrientes y cuentas vistas, girar en cuentas corrientes y en cuentas vistas, sobregirarlas, reconocer y rechazar saldos de cuentas corrientes, retirar talonarios de cheques, cancelar cheques, cobrar, endosar en dominio los mismos, endosar cheques y efectos de comercio para depositar en cuentas corrientes, transferir fondos, girar letras de cambio, aceptar y reaceptar letras de cambio, endosarlas en dominio cobranza o garantía, suscribir pagarés y demás documentos negociables, endosar en dominio, cobranza o garantía pagarés y demás documentos negociables, Descontar letras de cambio, pagarés y demás documentos negociables, Contratar mutuos o préstamos, Tomar boletas bancarias de garantía, Avalar letras de cambio y pagarés, Otorgar fianzas simples, Otorgar codeudas solidarias, Otorgar prendas, Otorgar hipotecas, comprar y vender inmuebles y muebles, dar y tomarlos en arrendamiento, Comprar y vender acciones, cuotas FFMM, bienes muebles incorporales y valores mobiliarios, Ceder créditos y aceptar cesiones, Novar, Celebrar contratos de leasing sobre bienes muebles e inmuebles, Celebrar contratos de Factoring sin responsabilidad, Contratar cuentas de ahorro y girar en ellas, Tomar depósitos a plazo y a la vista, Invertir en mercado de capitales, Retirar documentos y valores, Contratar y usar cajas de seguridad, Cobrar y percibir, Efectuar importaciones y exportaciones, suscribir informes, registros y anexos, Contratar acreditivos, Endosar y retirar documentos de embarque, Hacer declaraciones juradas, Comprar y vender moneda, cheques y documentos. en moneda extranjera, Celebrar compraventas de divisas a futuro y condicionales, Dar órdenes de pago en moneda extranjera, Asumir riesgos de diferencias de cambios, Liquidar y remesar divisas, Celebrar contratos de futuros, Autorizar cargos en cuentas corrientes para operaciones de comercio exterior, Constituir, ingresar o modificar sociedades, Representar en sociedades, Conferir mandatos generales y especiales con Facultades judiciales ordinarias y especiales, autocontratar, realizar pagos de derechos de Aduanas, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Previred.- contratar productos financieros.- Demás estipulaciones escritura extractada. San José de la Mariquina a 16 de enero de dos mil veintiséis.