MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA PAPO LIMITADA

RUT 76482520-9 CVE 2772120
Capital
$28.202 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2025
Repertorio
75570-2025
Notario
PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES
Domicilio
Titular doña Maria Soledad Lascar Merino
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$28.202 CLP
Domicilio
Ciudad de Concepción, Región del Biobío
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La explotación de predios rústicos, sea directamente o a través de terceros, sean de propiedad de la Sociedad, que arriende, que reciba en comodato o a cualquier otro título; b) La explotación, transporte y comercialización de los productos que de dichos predios se deriven; c) La exportación de sus productos y la importación de insumos o materias primas para esos predios, la realización de todo negocio que se relacione directa o indirectamente con la actividad agrícola, forestal o ganadera; d) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; e) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; f) En general realizar toda clase de operaciones que se relacionen directamente con el

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderán a Valerie Körner Butschbach y Javier Jorge Guerraty Körner, quienes actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán y obligarán a la sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la Titular doña Maria Soledad Lascar Merino, de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea Nº 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2025, repertorio N° 75.570-2025, ante la titular, doña Valerie Bárbara Mercedes Körner Butschbach, domiciliada para estos efectos en Eduardo Marquina N° 4.026, departamento 81, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, don Sebastián Andrés Guerraty Körner y don Javier Jorge Guerraty Körner, ambos domiciliados para estos efectos en Colina Vista Hermosa N° 1.982, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron: A) Dividir la sociedad “INMOBILIARIA PAPO LIMITADA” cuyo extracto está inscrito a fojas 142 Vuelta, número 105 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2006 (en adelante, la “Sociedad”), división que produce efectos legales y contables desde fecha de escritura extractada y distribuyéndose el patrimonio de la Sociedad entre ésta y la nueva sociedad que se crea, “INMOBILIARIA FUNDO LA ESPERANZA LIMITADA”, conforme Informe Pericial y Balance de División. B) Disminuir el capital social de la Sociedad desde la suma $32.071.430, en la suma de $3.869.054, de manera que el capital social queda en definitiva en la suma de 28.202.376, reemplazando el número siete de la cláusula séptima de la tercera parte de la escritura en que constan los estatutos refundidos, esto es, la escritura pública de fecha 30 de noviembre del año 2005 otorgada en la Notaría de Concepción de doña María Eugenia Rivera González, anotada bajo el Repertorio número 1.832, por el siguiente: “SIETE.- CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de $28.202.376 aportados por los socios en la siguiente proporción: A) doña Valerie Bárbara Mercedes Körner Butschbach, titular del 90% de los derechos sociales; B) Sebastián Andrés Guerraty Körner, titular del 5% de los derechos sociales; y C) Javier Jorge Guerraty Körner, titular del 5% de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes.”. C) Aprobar los estatutos de la nueva sociedad que se crea, “INMOBILIARIA FUNDO LA ESPERANZA LIMITADA”, los cuales se extractan a continuación: Por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2025, repertorio N° 75.570-2025, ante mí, doña Valerie Bárbara Mercedes Körner Butschbach, domiciliada para estos efectos en Eduardo Marquina N° 4.026, departamento 81, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, don Sebastián Andrés Guerraty Körner y don Javier Jorge Guerraty Körner, ambos domiciliados para estos efectos en Colina Vista Hermosa N° 1.982, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo estatuto se extracta a continuación: 1. Razón Social: "INMOBILIARIA FUNDO LA ESPERANZA LIMITADA". 2. Domicilio: Ciudad de Concepción, Región del Biobío, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. 3. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La explotación de predios rústicos, sea directamente o a través de terceros, sean de propiedad de la Sociedad, que arriende, que reciba en comodato o a cualquier otro título; b) La explotación, transporte y comercialización de los productos que de dichos predios se deriven; c) La exportación de sus productos y la importación de insumos o materias primas para esos predios, la realización de todo negocio que se relacione directa o indirectamente con la actividad agrícola, forestal o ganadera; d) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; e) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; f) En general realizar toda clase de operaciones que se relacionen directamente con el objeto social. 4. Duración: Indefinida. 5. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $3.869.054, que ya se encuentra totalmente enterado en la caja social por los socios de la siguiente forma: doña Valerie Bárbara Mercedes Körner Butschbach, con $3.482.149, equivalente a un 90% del haber social; don Sebastián Andrés Guerraty Körner, con $193.453, equivalente a un 5% del haber social; y don Javier Jorge Guerraty Körner, con $193.453, equivalente a un 5% del haber social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 6. Administración y uso de la razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderán a Valerie Körner Butschbach y Javier Jorge Guerraty Körner, quienes actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán y obligarán a la sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 12 de febrero de 2026.