CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Energyblast Ingeniería y Consultoría Energética Limitada

CVE 2772085
Capital
$400.000 CLP
Fecha instrumento
5 de febrero de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de febrero de 2026
Notario
RAFAEL PINOCHET CAVIERES
Oficio
a cargo de la 31ª Notaría

Sociedad

Capital
$400.000 CLP
Duración
3 años, contados desde esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en el plazo estipulado mediante una declaración hecha por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo a lo menos 60 días antes de la fecha fijada para su disolución

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de ingeniería de ejecución en climatización, incluyendo el desarrollo de estudios, diseño, cálculo, modelación, coordinación y revisión de proyectos de climatización, ventilación, calefacción, refrigeración, así como la elaboración de memorias de cálculo, especificaciones técnicas, planos, asesorías técnicas y puesta en marcha de sistemas, evaluación y optimización de su desempeño, prestación de asesorías energéticas, evaluación de eficiencia energética, apoyo a procesos de certificación energética y ambiental de edificaciones, capacitación y consultoría técnica especializada

Administración

Bryan Andrés Tapia Tapia, quien, anteponiendo la razón social a su firma, administrará y representará a la sociedad con las más amplias facultades, señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAFAEL PINOCHET CAVIERES, Notario Público Interino a cargo de la 31ª Notaría, Huérfanos 1055 local 328, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy ante mi, don Bryan Andrés Tapia Tapia domiciliado en Pasaje Messina número cinco mil seiscientos ochenta y siete, comuna de Conchalí, y don Patricio Fernando Escanilla Rivera domiciliado en Avenida Perú número mil cuatrocientos setenta y nueve, departamento número mil cuatrocientos cuatro, comuna de Recoleta; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “Energyblast Ingeniería y Consultoría Energética Limitada”. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de ingeniería de ejecución en climatización, incluyendo el desarrollo de estudios, diseño, cálculo, modelación, coordinación y revisión de proyectos de climatización, ventilación, calefacción, refrigeración, así como la elaboración de memorias de cálculo, especificaciones técnicas, planos, asesorías técnicas y puesta en marcha de sistemas, evaluación y optimización de su desempeño, prestación de asesorías energéticas, evaluación de eficiencia energética, apoyo a procesos de certificación energética y ambiental de edificaciones, capacitación y consultoría técnica especializada. Administración y uso de la razón social: Bryan Andrés Tapia Tapia, quien, anteponiendo la razón social a su firma, administrará y representará a la sociedad con las más amplias facultades, señaladas en escritura extractada. Capital: $400.000, que aportan de la siguiente manera: 1) Bryan Andrés Tapia Tapia, aporta doscientos mil pesos, cantidad que pagará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la sociedad; y 2) Patricio Fernando Escanilla Rivera, aporta doscientos mil pesos, cantidad que pagará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la sociedad. De acuerdo con el valor de los aportes, corresponden a don Patricio Fernando Escanilla Rivera, derechos sociales equivalentes al cincuenta por ciento del capital y utilidades; y a don Bryan Andrés Tapia Tapia, derechos sociales equivalentes al cincuenta por ciento del capital y utilidades. Responsabilidad personal de los socios queda limitada a sus aportes. Duración: 3 años, contados desde esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en el plazo estipulado mediante una declaración hecha por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo a lo menos 60 días antes de la fecha fijada para su disolución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de febrero de 2026.