MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL SANPRO SpA

RUT 77009461-5 CVE 2772345
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de enero de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de enero de 2026
Repertorio
648-2026
Notario
Mauro Fabián Aroca Guerrero
Oficio
Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” 2) Se modifica el ARTÍCULO DUODÉCIMO, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don RODRIGO SANDOVAL BRAJOVIC, con las facultades que se indican en la misma cláusula. 3) Además, se modifica el ARTÍCULO DUODÉCIMO, en el sentido que se agrega la siguiente cláusula, a continuación del ARTÍCULO DUODÉCIMO de los estatutos: “ARTÍCULO DUODÉCIMO BIS: En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauro Fabián Aroca Guerrero, abogado, Notario Público de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1.161, entrepiso, Santiago, certifico: Con fecha 22 de enero de 2026, Repertorio N° 648-2026 ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de sociedad COMERCIAL SANPRO SpA celebrada con fecha 22 enero 2026. Accionistas: RODRIGO ANDRÉS SANDOVAL BRAJOVIC, por 750 acciones. JOSEFINA NAGEL VARGAS, por 250 acciones. TOTAL 1.000 acciones. Acuerdos: Modificar la sociedad COMERCIAL SANPRO SpA, mediante la adición de cláusulas relativas al objeto social y a la administración, con el propósito de ampliar su giro y adecuarse a los requisitos exigidos para las Empresas B. Modificaciones: 1) Se modifica el ARTÍCULO CUARTO de los estatutos, en los siguientes sentidos: En la parte final del ARTÍCULO CUARTO, se suprime la letra “y” existente entre las letras d) y e), y se agregan las siguientes letras: “f) La consultoría y asesoría a todo tipo de empresas e instituciones públicas o privadas, en materias de Gestión Estratégica, Comercial u Operacional; Desarrollo Organizacional, Sistemas, Servicios de Tecnología de la Información y cualquier otra consultoría relacionada directa o indirectamente con las materias indicadas o del giro de la sociedad; y g) El transporte, logística y distribución de mercancías de cualquier tipo. Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” 2) Se modifica el ARTÍCULO DUODÉCIMO, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don RODRIGO SANDOVAL BRAJOVIC, con las facultades que se indican en la misma cláusula. 3) Además, se modifica el ARTÍCULO DUODÉCIMO, en el sentido que se agrega la siguiente cláusula, a continuación del ARTÍCULO DUODÉCIMO de los estatutos: “ARTÍCULO DUODÉCIMO BIS: En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad.” Demás estipulaciones escritura extractada. Capital social: $1.000.000.- Santiago, 10 de febrero de 2026.