MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CUEVAS ABOGADOS LIMITADA

RUT 77722738-6 CVE 2771591
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2025
Repertorio
18455-2025
Notario
CAROLINA PIÑA CUEVAS
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
GUSTAVO AMOS CUEVAS MANRIQUEZ socio 6067864-2
BÁRBARA FRANCISCA ROMÁN YÁÑEZ socio 16557751-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA PIÑA CUEVAS, Abogado y Notario Público Interino de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que, por escritura pública otorgada ante Verónica Torrealba Costabal, notario suplente de don Iván Torrealba Acevedo, con fecha 09 de diciembre de 2025, bajo el Repertorio N°18.455-2025, comparecen don GUSTAVO AMOS CUEVAS MANRIQUEZ, RUN 6.067.864-2, y doña BÁRBARA FRANCISCA ROMÁN YÁÑEZ, RUN 16.557.751-5, ambos domiciliados en Avenida Nueva Costanera N°3445, oficina 21, Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad CUEVAS ABOGADOS LIMITADA (RUT 77.722.738-6) (la “Sociedad”), inscrita a fojas 5.830, número 2.703 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, en el sentido de modificar el porcentaje de participación de la sociedad en virtud de la celebración de una cesión de derechos sociales, en la que don Gustavo Amós Cuevas Manríquez cede, vende y transfiere a doña Bárbara Francisca Román Yáñez, quien acepta, un nueve por ciento (9%) del total de los derechos sociales que posee en la sociedad, por un precio de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos), que se paga en la forma estipulada en la escritura. Como consecuencia de la cesión indicada, la sociedad queda integrada de la siguiente forma: Don Gustavo Amós Cuevas Manríquez, con el 90% de los derechos sociales; y Doña Bárbara Francisca Román Yáñez, con el 10% de los derechos sociales, reemplazándose íntegramente al efecto el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Gustavo Amos Cuevas Manríquez. Aporta la suma de novecientos mil pesos que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, esto es el noventa por ciento del capital social; y, DOS) Bárbara Francisca Román Yáñez aporta la suma de cien mil pesos que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, esto es el diez por ciento del capital social.”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 10 de febrero de 2026.