MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Codigua Limitada

RUT 78242640-0 CVE 2771374
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2025
Repertorio
76015
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
1° Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público, Titular de la 1° Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, certifico que, por escritura pública otorgada el 30 de diciembre de 2025, repertorio N°76.015–2025, ante mí: Uno) MARÍA EUGENIA BALMACEDA RUIZ-TAGLE, cédula nacional de identidad N°10.936.367-7; Dos) JOSEFINA BARROS BALMACEDA, cédula nacional de identidad N°18.462.702-7; Tres) SARITA BARROS BALMACEDA, cédula nacional de identidad N°19.308.526-1; Cuatro) MARÍA EUGENIA BARROS BALMACEDA, cédula de identidad nacional N°19.525.012-K; Cinco) JUAN CARLOS DOMINGO BARROS BALMACEDA, cédula nacional de identidad N°20.857.313-6; y, Seis) MANUEL JOSÉ BARROS BARROS, cédula nacional de identidad N°7.321.397-5, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Fundo Carampangue sin número, comuna de Talagante, Región Metropolitana, quienes acordaron modificar la sociedad “Agrícola Codigua Limitada”, inscrita a fojas 17.318, número 8.801 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1992, quienes acordaron modificar la Sociedad producto de la adjudicación de derechos sociales por la partición y liquidación parcial de la comunidad hereditaria de Juan Carlos Barros Barros, y su forma de administración, para lo cual sustituyeron los Artículos Cuarto y Quinto de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000, aportados por los socios de la siguiente manera: a) Manuel José Barros Barros, la suma de $10.000.000, equivalente al 50% del total del interés social; b) María Eugenia Balmaceda Ruiz-Tagle, la suma de 2.000.000, equivalente al 10% del total del interés social; c) Josefina Barros Balmaceda, la suma de $2.000.000, equivalente al 10% del total del interés social; d) Sarita Barros Balmaceda, la suma de $2.000.000, equivalente al 10% del total del interés social; e) María Eugenia Barros Balmaceda, la suma de $2.000.000, equivalente al 10% del total del interés social; y, f) Juan Carlos Domingo Barros Balmaceda, la suma de $2.000.000, equivalente al 10% del total del interés social”; y, Dos) Acuerdan sustituir el Artículo Cuarto, relativo a la administración de la sociedad, la cual le corresponderá Manuel José Barros Barros, y a María Eugenia Balmaceda Ruiz-Tagle, quienes, actuando conjuntamente, ya sea personalmente o a través de sus apoderados, representarán a la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago, 22 de enero de 2026.