CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA BAEZA CHAVARRÍA HERMANOS SpA

RUT 15677990-3 CVE 2771354
Capital
$40.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Instrumento

Repertorio
167/2026
Notario
CARLOS ANDRÉS ORTEGA ALUL
Domicilio
Curicó

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El Objeto de la sociedad será: adquisición y enajenación, de bienes raíces, su explotación directa o través de terceros, en cualquier forma, su administración y percepción de sus frutos. Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como ser acciones, bonos, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos, y toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios acuerden

Administración

CLAUDIO ENRIQUE BAEZA CHAVARRIA, con amplias facultades conforme artículo Décimo Primero de escritura de constitución extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ANDRÉS ORTEGA ALUL, Abogado, Notario Público Titular de Curicó, con oficio en calle Argomedo número doscientos ochenta de esta ciudad, CERTIFICA, Don CLAUDIO ENRIQUE BAEZA CHAVARRIA, chileno, casado y separado de bienes, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad número 15.677.990-3, con domicilio en Villa Rucatremo, pasaje Manuel Jesús Silva Número seiscientos cincuenta y tres de la comuna de Curicó y MARÍA FERNANDA BAEZA CHAVARRÍA, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 15.491.794-2, con domicilio en Villa Rucatremo calle Manuel Jesús Silva Número seiscientos cincuenta y tres de la comuna de Curicó; MARCELA CAROLINA BAEZA CHAVARRIA, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 17.443.810-2, con domicilio Uno Oriente seiscientos noventa Departamento Uno, Sausalito de la comuna de Viña del Mar, de paso por la ciudad, constituyeron una SOCIEDAD por ACCIONES, que se regirá, en especial, por los siguientes estatutos y en su silencio, por las disposiciones de la Ley número veinte mil ciento noventa, y artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. NOMBRE: “AGRÍCOLA BAEZA CHAVARRÍA HERMANOS SpA”, nombre que podrá utilizar ante cualquier institución pública o privada, e incluso ante los bancos y otras instituciones financieras. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Curicó, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN: CLAUDIO ENRIQUE BAEZA CHAVARRIA, con amplias facultades conforme artículo Décimo Primero de escritura de constitución extractada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos ($40.000.000.-), dividido en 400 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la forma que señalan los artículos transitorios del presente instrumento y que se entera y paga conforme se señala en la escritura extractada. OBJETO SOCIAL: El Objeto de la sociedad será: adquisición y enajenación, de bienes raíces, su explotación directa o través de terceros, en cualquier forma, su administración y percepción de sus frutos. Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como ser acciones, bonos, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos, y toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios acuerden.- DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida a contar de la fecha de la presente escritura pública. CAPITAL Y LAS ACCIONES.- El capital de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos ($40.000.000.-), dividido en 400 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la forma que señalan los artículos transitorios del presente instrumento. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes, tales como el aporte de derechos sociales. Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, pudiendo en las elecciones que se realicen en las juntas acumular sus votos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que estime conveniente.- DURACION: La duración de la sociedad será indefinida a contar de la fecha de la presente escritura pública. Demás estipulaciones en escritura extractada. Repertorio Nº 167/2026.-