MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Pesquera Hanga-Roa Limitada

RUT 78044560-2 CVE 2770780
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
5 de febrero de 2026

Instrumento

Fecha
5 de febrero de 2026
Notario
KARLA GÓMEZ MORAGA
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
OSCAR DEL CARMEN LANDEROS RIOS socio 7882929-K
VERÓNICA ASUNCIÓN ZAMBRANO CONTRERAS socio 8901453-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARLA GÓMEZ MORAGA, Abogada, Notario Público de Concepción, con oficio en Avenida Michimalonco número mil cuarenta y cinco, Comuna de San Pedro de la Paz, Suplente del Titular don Rodrigo Rojas Castillo, según Decreto Económico número cero veintitrés de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, protocolizado al final del Registro de Instrumentos Públicos a mi cargo, bajo el número ciento noventa y uno, correspondiente al primer bimestre del año en curso, certifico que: Que por escritura pública de fecha 05 de febrero de 2026, repertorio Numero 209/2026 otorgada ante mí, comparecieron: OSCAR DEL CARMEN LANDEROS RIOS, C.N.I. N° 7.882.929-K y doña VERÓNICA ASUNCIÓN ZAMBRANO CONTRERAS, C.N.I. 8.901.453-0, ambos domiciliados en calle Las Margaritas N° 1626, comuna de San Pedro de la Paz, Región del Bio; en la cual acordaron modificar la sociedad PESQUERA HANGA-ROA LIMITADA”, R.U.T. 78.044.560-2, constituida el 15 de octubre de 1990 inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano, a fojas 110, número 118 del año 1990. Capital: $2.000.000 de pesos. Modificación social: Los socios vienen en modificar la cláusula Cuarto sobre la Administración, quedando de la siguiente manera: La Administración y uso de la razón social corresponderá a don OSCAR DEL CARMEN LANDEROS RIOS y a doña VERÓNICA ASUNCIÓN ZAMBRANO CONTRERAS, quienes actuando de manera conjunta o separada a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma , los representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, y a su vez delegar todo o parte en terceros. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. En todo lo no modificado por escritura extractada, continúan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. San Pedro de la Paz, 09 de febrero de 2026.