Instrumento
- Fecha
- 11 de febrero de 2026
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Duración
- Duración de 40 años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. La
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y)o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 11 de febrero de 2026, doña Patricia Hudson Pérez, por sí y en representación de don Pascual Correa Hudson, don Ignacio Correa Hudson, doña Patricia Macarena Correa Hudson, y don Matías Correa Hudson, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, avenida Américo Vespucio Sur 345, departamento 905, comuna de Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: Inversiones PHP Limitada. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $500.000 el que será aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporciones: i) doña Patricia Hudson Pérez aporta la cantidad de $100.000, equivalentes al 20% del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; ii) don Ignacio Correa Hudson aporta la cantidad de $100.000, equivalentes al 20% del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; iii) doña Patricia Macarena Correa Hudson aporta la cantidad de $100.000, equivalentes al 20% del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; iv) don Matías Correa Hudson aporta la cantidad de $100.000, equivalentes al 20% del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; y v) don Pascual Correa Hudson aporta la cantidad de $100.000, equivalentes al 20% del capital e interés social, que pagará, en dinero o en especies, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada. Administración y uso razón social: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña Patricia Hudson Pérez, quien, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, tendrá las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. En caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de doña Patricia Hudson Pérez, administración se ejercerá en la forma que se indica en escritura extractada Duración: Duración de 40 años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 11 de febrero de 2026.