TRITEC-Energy SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 19474-2025
- Notario
- CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $103.550.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS, Notario Público Interino de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 23 de Diciembre de 2025, Repertorio N° 19.474-2025, ante el Notario Público Iván Torrealba Acevedo, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 19 de Diciembre de 2025, correspondiente a TRITEC-Energy SpA (la “Sociedad”), mediante la cual se acordó, por unanimidad de los accionistas asistentes, según consta en el registro de accionistas que he tenido a la vista, aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $103.550.000.-, dividido en 10.355 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, a la suma de $106.440.000.- dividido en 10.644 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, mediante la emisión de 289 nuevas acciones de pago, de iguales características a las existentes, por un valor total de $2.890.000, las cuales deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de 3 meses contados desde el 19 de diciembre de 2025. A consecuencia de lo anterior, los accionistas asistentes de la Sociedad por unanimidad acordaron: (i) reemplazar el Artículo Quinto de estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de $106.440.000.-, dividido en 10.644 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio de los Estatutos. El capital deberá ser enterado dentro del plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento de capital respectivo. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Con todo, la Junta de Accionistas podrá establecer plazos de suscripción y pago superiores al señalado tratándose de planes de compensación laboral. El capital social podrá ser pagado tanto en dinero efectivo como mediante el aporte de bienes muebles o inmuebles, en este último caso debidamente avaluados por la unanimidad de los accionistas de la Sociedad.” y (ii) reemplazar el Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es la suma de $106.440.000.-, dividido en 10.644 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de los Estatutos, el que se encuentra parcialmente suscrito y pagado según lo siguiente: A) La sociedad Tritec-Holding SpA, ha suscrito la cantidad de 6.337 acciones, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha. B) La sociedad ICAFAL INVERSIONES S.A., ha suscrito la cantidad de 3.413 acciones, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha. C) PEDRO PABLO TORRES MORALES, ha suscrito la cantidad de 259 acciones, las cuales se encuentran íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; la cantidad de 188 acciones quedan pendientes de suscripción y pago, debiendo estas suscribirse y pagarse dentro del plazo máximo de 3 meses conforme lo acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 19 de diciembre de 2025. D) IGNACIO ABARCA URETA, ha suscrito la cantidad de 346 acciones, las cuales se encuentran íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; la cantidad de 101 acciones quedan pendientes de suscripción y pago, debiendo estas suscribirse y pagarse dentro del plazo máximo de 3 meses conforme lo acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 19 de diciembre de 2025”. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 6 de Febrero de 2026.