MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Inmobiliaria Copacabana Limitada

RUT 86960000-8 CVE 2770653
Fecha instrumento
23 de enero de 2026

Instrumento

Fecha
23 de enero de 2026
Notario
EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA
Domicilio
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público de Santiago, titular de la Notaría Nº 44 de Santiago, Avenida Vitacura Nº 3.724, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de enero de 2026, repertorio notarial 117- 2026, ante mí: SAMUEL EDGAR DOUGLAS BOGOLASKY SACK, ingeniero comercial, ANDRÉS BOGOLASKY FLIMAN, ingeniero comercial; NATALIA BOGOLASKY FLIMAN, periodista; FRANCISCA BOGOLASKY FLIMAN, socióloga; ALEJANDRA BOGOLASKY FLIMAN, periodista, todos Avenida Isidora Goyenechea N° 2939, piso 10, Las Condes; GALIA HELENA BOGOLASKY BEAN, comunicadora audiovisual; TAMARA RUTH BOGOLASKY BEAN, publicista, MARGERY ANN BEAN SHAPIRO, socióloga, todas Flor de Azucenas N° 112, Departamento 201, Las Condes, y MARIANA GLORIA FLIMAN GRINBERG educadora de párvulos, Avenida Isidora Goyenechea N° 2939, piso 10, Las Condes, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “Sociedad Inmobiliaria Copacabana Limitada”, inscrita a fs. 13.281 Nº 6.544 en el Registro de Comercio del año 1980 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Modificaciones consisten: 1.- Da cuenta Partición Parcial Comunidad Hereditaria quedada a la muerte de doña María Fanny Sack Robinovitch: Como consecuencia de la partición parcial se adjudicó a don Samuel Edgar Douglas Bogolasky Sack el 16,07% de la totalidad de los derechos en la sociedad, a doña Galia Helena Bogolasky Bean y a doña Tamara Ruth Bogolasky Bean se les adjudicó, para cada una de ellas, el 5,022% de la totalidad de los derechos en la sociedad. Por último, se adjudicó a doña Mariana Gloria Fliman Grinberg, a doña Margery Ann Bean Shapiro, a don Andrés Bogolasky Fliman, a doña Natalia Bogolasky Fliman, a doña Francisca Bogolasky Fliman y a doña Alejandra Bogolasky Fliman un 1,0044% de la totalidad de los derechos en la sociedad para cada uno de ellos, quienes se incorporan a la sociedad. 2.- Quedan como únicos socios don Samuel Edgar Douglas Bogolasky Sack con un 50% de la totalidad de los derechos sociales, doña Galia Helena Bogolasky Bean y doña Tamara Ruth Bogolasky Bean con un 19,16% de la totalidad de los derechos sociales, para cada una, doña Margery Ann Bean Shapiro con un 6,65% de la totalidad de los derechos sociales, doña Mariana Gloria Fliman Grinberg, don Andrés Bogolasky Fliman, doña Natalia Bogolasky Fliman, doña Francisca Bogolasky Fliman, y doña Alejandra Bogolasky Fliman con un 1,004% de la totalidad de los derechos sociales para cada uno. 3.- Los actuales socios modifican la cláusula cuarta de la escritura de constitución en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don Samuel Edgar Douglas Bogolasky Sack, quien anteponiendo su firma a la razón social la representará con las más amplias facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- SANTIAGO, 09 de febrero de 2026.