CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Servicios Profesionales Médicos Rojo Olivares Limitada

CVE 2770321
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de febrero de 2026
Notaría
Antofagasta
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de febrero de 2026
Repertorio
751-2026
Notario
FRANCISCO ARMANDO MARTINEZ TORRES
Oficio
Titu-lar de la Sexta Notaría de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Antofagasta
Duración
La so-ciedad comenzará a regir desde su constitución y tendrá una duración de 5 años. Este plazo se prorro¬gará auto¬mática¬mente por pe¬ríodos sucesivos, ininterrumpidos, iguales y continuos de 5 años cada uno, si antes del tér-mino del período de vi¬gencia que se en¬cuentre transcu¬rriendo y por lo menos hasta 6 meses antes de que se produzca tal terminación, ninguno de los socios ha dado aviso a los otros de su voluntad de no prorrogar la vigencia y duración de la compañía, mediante declaración formulada por es¬critura pública anotada al margen de la inscripción social.- Respon-sabilidad de

Objeto social

El objeto de la sociedad será el siguiente: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la me-dicina e investigación farmacológica y administración de centro médicos y radiológicos; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especialistas, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) Realización y elaboración de informes, proyectos y estu-dios sobre avances científicos e investigaciones en el área de la salud, difu-sión y extensión de los resultados de las investigaciones, organización de eventos y publicación de libros, revistas y material relacionado a lo ante-rior; d) La compra, venta, importación o exportación, arrendamiento y subarrendamiento de insumos médicos, material quirúrgico, equipos de al-ta tecnología y maquinaria necesaria para hacer posible el ejercicio de la profesión médica; e) Impartir cursos, charlas, seminarios y clases relaciona-das con la medicina además de asesorar en este ámbito a empresas pri-vadas e instituciones o servicios públicos.- f) La realización por cuenta pro-pia o ajena de la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, per-muta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos so-bre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbaniza-ción por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; así como también la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentu-res; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y; g) Cualquier otro negocio o actividad que acordaren los socios conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, servicios de Bienestar o a organismos del sector público, municipal o priva-do

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO ARMANDO MARTINEZ TORRES, abogado, Notario Público Titu-lar de la Sexta Notaría de Antofagasta, con oficio en Prat N° 470, Local 3, Certifica: por escritura pública, ante mí, de fecha 02 de Febrero de 2026, Repertorio N° 751-2026, don Gonzalo Patricio Rojo Pizarro y doña María Fernanda Olivares Barraza, ambos domiciliados en calle Antonio Poupin N°928, casa N°2 de esta ciudad, constituyeron una sociedad profesional de responsabilidad limitada, fijándose sus estatutos de los cuales extracto lo siguiente: Razón Social: “Sociedad de Servicios Profesionales Médicos Rojo Olivares Limitada”, pudiendo usar el nombre de fantasía “TRAUMA RED Ltda.”.- Objeto: El objeto de la sociedad será el siguiente: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la me-dicina e investigación farmacológica y administración de centro médicos y radiológicos; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especialistas, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) Realización y elaboración de informes, proyectos y estu-dios sobre avances científicos e investigaciones en el área de la salud, difu-sión y extensión de los resultados de las investigaciones, organización de eventos y publicación de libros, revistas y material relacionado a lo ante-rior; d) La compra, venta, importación o exportación, arrendamiento y subarrendamiento de insumos médicos, material quirúrgico, equipos de al-ta tecnología y maquinaria necesaria para hacer posible el ejercicio de la profesión médica; e) Impartir cursos, charlas, seminarios y clases relaciona-das con la medicina además de asesorar en este ámbito a empresas pri-vadas e instituciones o servicios públicos.- f) La realización por cuenta pro-pia o ajena de la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, per-muta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos so-bre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbaniza-ción por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; así como también la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentu-res; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y; g) Cualquier otro negocio o actividad que acordaren los socios conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, servicios de Bienestar o a organismos del sector público, municipal o priva-do.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda es-tablecer en otros puntos del país, o en el extranjero.- Administración y uso de razón social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusi-va a don Gonzalo Patricio Rojo Pizarro, con las facultades que se detallan en la escritura.- Capital: El capital social es de $3.000.000.-, que los socios aportan y pagan así: a) María Fernanda Olivares Barraza, aporta $900.000.- que es el 30% del capital, de los cuales paga $400.000.- en este acto, al contado y en dinero efectivo a la caja social. El saldo de $500.000.-, lo enterará en la medida que las necesidades sociales lo requieran, dentro de 3 años contados desde esta fecha y b) Gonzalo Patricio Rojo Pizarro, aporta $2.100.000.- que es el 70% del capital, de los cuales paga $600.000.-, en este acto, al contado y en dinero efectivo a la caja social. El saldo de $1.500.000.- lo enterará en la medida que las necesidades sociales lo re-quieran, dentro de 3 años contados desde esta fecha.- Duración: La so-ciedad comenzará a regir desde su constitución y tendrá una duración de 5 años. Este plazo se prorro¬gará auto¬mática¬mente por pe¬ríodos sucesivos, ininterrumpidos, iguales y continuos de 5 años cada uno, si antes del tér-mino del período de vi¬gencia que se en¬cuentre transcu¬rriendo y por lo menos hasta 6 meses antes de que se produzca tal terminación, ninguno de los socios ha dado aviso a los otros de su voluntad de no prorrogar la vigencia y duración de la compañía, mediante declaración formulada por es¬critura pública anotada al margen de la inscripción social.- Respon-sabilidad de socios: La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura ex-tractada.- Antofagasta, 11 de febrero de 2026.