Inversiones Miranda Hernández Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2025
- Notario
- Magdalena Sofia Latorre Larrain
- Oficio
- quinta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMagdalena Sofia Latorre Larrain, Notario Público interino de la quinta Notaria de Santiago, El Golf 99 oficina 101-B, Las Condes, certifica que por Escritura Pública de fecha 19 de diciembre de 2025, ante mí, doña Irene Miranda Hernández, doña Maria Teresa Antonia Miranda Hernández, doña Graciela Sofia Hevia Hernández, doña Valentina María Miranda Hevia, don Manuel José Miranda Hevia, don Roberto Enrique Palumbo Ossa, doña Maria Florencia Palumbo Miranda y don Roberto Manuel Palumbo Miranda han Modificado Sociedad “Inversiones Miranda Hernández Limitada”, inscrita a fojas 27123 N° 18613 del Registro de Comercio de Santiago del año 2008 y cuyo capital social ascendente a $4.000.000. se encuentra enteramente pagado y distribuido del modo siguiente: a) doña Irene Miranda Hernández $1.000.000 b) doña Maria Teresa Antonia Miranda Hernández $1.000.000 c) don Manuel Miranda Hernández $1.000.000. y d) doña Maria del Pilar Miranda Hernández $1.000.000 Modificaciones consisten en: I. A Raíz del fallecimiento de don Manuel Miranda Hernández, en el auto de Posesión Efectiva se concedió a sus herederos doña Graciela Sofia Hevia Hernández, doña Valentina María Miranda Hevia y don Manuel José Miranda Hevia, los derechos que este tenía en la sociedad “Inversiones Miranda Hernadez Limitada “según consta en los documentos insertados en la Escritura Extractada. II. Por otra parte, a Raíz del fallecimiento de doña María del Pilar Miranda Hernández en el auto de Posesión Efectiva se concedió a sus herederos, don Roberto Enrique Palumbo Ossa, doña María Florencia Palumbo Miranda y don Roberto Manuel Palumbo Miranda, los derechos que esta tenía en la Sociedad “Inversiones Miranda Hernández Limitada”, según dan cuenta los documentos insertados en la Escritura extractada. III. Como consecuencia de lo expuesto en la cláusula I anterior ingresa en calidad de nuevo socio la Comunidad Hereditaria compuesta por doña Graciela Sofia Hevia Hernández, doña Valentina Maria Miranda Hevia y don Manuel José Miranda Hevia. IV- Como consecuencia de lo expuesto en la cláusula II anterior ingresa en calidad de nuevo socio la Comunidad Hereditaria compuesta por don Roberto Enrique Palumbo Ossa, doña Maria Florencia Palumbo Miranda y don Roberto Manuel Palumbo Miranda. V- En virtud de lo señalado precedentemente los actuales socios modifican el artículo sexto del pacto social por el siguiente “ artículo sexto: el capital de la sociedad es la cantidad de $4.000.000, enteramente suscrito y pagado que los socios aportan en la proporción de un 25% para cada uno de ellos del modo siguiente : a) doña Irene Miranda Hernández $1.000.000 b) doña Maria Teresa Antonia Miranda Hernández $1.000.000 c) La sucesión de don Manuel Miranda Hernández, $1.000.000 y d) la sucesión de doña Maria del Pilar Miranda Hernández $1.000.000. VI- Actuales socios modifican la cláusula octava del pacto social, que reglamenta la administración y el uso de la razón social, estableciendo que en lo sucesivo ella corresponderá a dos cualesquiera de las siguientes personas, doña Maria Teresa Antonia Miranda Hernández, doña Irene Miranda Hernández, doña Graciela Sofia Hevia Hernández y don Roberto Manuel Palumbo Miranda debiendo actuar dos de ellos conjuntamente representaran a la sociedad con las más amplias facultades en todo lo no modificado queda vigente el pacto social anterior. Santiago, 29 de enero de 2026. Magdalena Sofia Latorre Larraín. Notario Público Interino.