INVERSIONES E INMOBILIARIA GARCIA Y SEPULVEDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de febrero de 2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 05 años renovables períodos iguales y sucesivos en la forma señalada en la escritura social, a contar de esta fecha
Objeto social
a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos ya sea por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; y, cualquier otra actividad conexa o relacionada con lo anterior que los socios de común acuerdo determinen
Administración
Indistintamente doña Pamela Adriana Sepúlveda Bravo y don Ricardo Andrés García Barra
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, abogado, Notario Suplente, del Titular de la 43a Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura hoy ante mí doña Pamela Adriana Sepúlveda Bravo y don Ricardo Andrés García Barra, ambos Borde Andino N° 487-11, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, monto respectivos aportes. Razón Social: INVERSIONES E INMOBILIARIA GARCIA Y SEPULVEDA LIMITADA. Objeto: a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos ya sea por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; y, cualquier otra actividad conexa o relacionada con lo anterior que los socios de común acuerdo determinen. Capital: $100.000.000; aportados así: doña Pamela Adriana Sepúlveda Bravo, aporta $50.000.000.- suma que entera con: Uno) Derechos ascendentes a un 50 por ciento sobre el siguiente inmueble: vivienda o unidad N° 36, ubicada en calle Borde Andino N° 487-11, del Condominio denominado Bordeandino Uno, también conocido como "Borde Andino Uno", Comuna de Colina, Región Metropolitana, más derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que corresponde al Macrolote TL-tres B tres del plano de fusión y subdivisión respectivo; propiedad singularizada en mayor extensión en escritura extractada. Derechos valorados de común acuerdo en $49.000.000.- Dos) Con $1.000.000.- en dinero efectivo, ingresado a la caja social. Don Ricardo Andrés García Barra, aporta $50.000.000.- suma que entera con: Uno) Derechos ascendentes a un 50 por ciento sobre el siguiente inmueble: vivienda o unidad N° 36, ubicada en calle Borde Andino N° 487-11, del Condominio denominado Bordeandino Uno, también conocido como "Borde Andino Uno", Comuna de Colina, Región Metropolitana, más derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que corresponde al Macrolote TL-tres B tres del plano de fusión y subdivisión respectivo; propiedad singularizada en mayor extensión en escritura extractada. Derechos valorados de común acuerdo en $49.000.000.- Dos) Con $1.000.000.- en dinero efectivo, ingresado a la caja social. Uso Razón Social y Administración: Indistintamente doña Pamela Adriana Sepúlveda Bravo y don Ricardo Andrés García Barra. Duración: 05 años renovables períodos iguales y sucesivos en la forma señalada en la escritura social, a contar de esta fecha. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias y sucursales en otras ciudades o extranjero. Demás estipulaciones constan contrato relacionado. Santiago, 10 de febrero de 2026.