COMERCIALIZADORA LARAVET SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2026
- Repertorio
- 1741-2026
- Notario
- notario suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El Objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios de atención médica veterinaria integral, incluyendo diagnóstico, tratamiento, prevención, hospitalización, cirugía, rehabilitación, exámenes clínicos, procedimientos especializados y cualquier otra prestación propia de la medicina veterinaria, tanto en forma ambulatoria como hospitalaria, en dependencias propias o de terceros. b) Podrá comercializar, importar, exportar, distribuir y vender todo tipo de bienes, productos e insumos vinculados al área de la salud y medicina veterinaria, incluyendo medicamentos veterinarios, alimentos, suplementos nutricionales, productos farmacéuticos, instrumental médico, equipamiento clínico, dispositivos médicos, productos de higiene, cuidado y bienestar animal, accesorios y productos relacionados. c) Prestar servicios de asesoría técnica, capacitación, formación práctica, pasantías, actividades de actualización profesional y apoyo clínico, siempre en el ámbito de la medicina veterinaria y el bienestar animal. d) Celebrar toda clase de actos y contratos civiles, comerciales, financieros y laborales, adquirir, arrendar o explotar bienes muebles e inmuebles, participar en otras sociedades o negocios relacionados directa o indirectamente con su objeto, y realizar todas aquellas actividades lícitas que sean necesarias, complementarias o conducentes al cumplimiento de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA-CRUZ, abogado, notario suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de enero de 2026, bajo el repertorio N°1741-2026 ante el titular de este oficio, don Nelson Iván Brito Istúriz, domiciliado para estos efectos en Avenida Bilbao Nº2880, comuna de Providencia, Región Metropolitana; redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad COMERCIALIZADORA LARAVET SpA, celebrada con fecha 23 de enero de 2026, en la que se acordó la modificación de los artículos PRIMERO y CUARTO de los Estatutos Sociales, en relación al cambio de nombre y modificación del Objeto Social respectivamente, quedando de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE: El nombre de la Sociedad será “CLÍNICA VETERINARIA Y COMERCIALIZADORA LARAVET SpA”, pudiendo funcionar y actuar inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de LARAVET SpA.” y “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO: El Objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios de atención médica veterinaria integral, incluyendo diagnóstico, tratamiento, prevención, hospitalización, cirugía, rehabilitación, exámenes clínicos, procedimientos especializados y cualquier otra prestación propia de la medicina veterinaria, tanto en forma ambulatoria como hospitalaria, en dependencias propias o de terceros. b) Podrá comercializar, importar, exportar, distribuir y vender todo tipo de bienes, productos e insumos vinculados al área de la salud y medicina veterinaria, incluyendo medicamentos veterinarios, alimentos, suplementos nutricionales, productos farmacéuticos, instrumental médico, equipamiento clínico, dispositivos médicos, productos de higiene, cuidado y bienestar animal, accesorios y productos relacionados. c) Prestar servicios de asesoría técnica, capacitación, formación práctica, pasantías, actividades de actualización profesional y apoyo clínico, siempre en el ámbito de la medicina veterinaria y el bienestar animal. d) Celebrar toda clase de actos y contratos civiles, comerciales, financieros y laborales, adquirir, arrendar o explotar bienes muebles e inmuebles, participar en otras sociedades o negocios relacionados directa o indirectamente con su objeto, y realizar todas aquellas actividades lícitas que sean necesarias, complementarias o conducentes al cumplimiento de su objeto social.” Demás estipulaciones se encuentran en escritura extractada. Santiago, 09 de febrero de 2026.-